Resolución N° 2853/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N2853/MEFGC/19
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), 6025, 6147 y 2155
(texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la
Resolución Conjunta N° 5-MSGCyMMGC/13, la Resolución N° 141-MSGC/19 y
modificatorias, el Expediente Electrónico N° 20238068-GCABA-DGAYDRH/19, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José
María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 492-GCABA-
HGAP/19, designó a la Dra. Marisol Mendez Loayza, D.N.I. 93.995.094, CUIL. 27-
93995094-5, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Diagnóstico por
Imágenes), con 30 horas semanales de labor, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley N ° 6035, lo establecido en la Resolución Conjunta N° 5-MSGC-MMGC/13 y la
Resolución N° 141-MSGC/19 y modificatorias, correspondiéndole percibir el
Suplemento por Área de Urgencia (Código 051). Cesa en el cargo de Especialista en
la Guardia Médica(Diagnóstico por Imágenes), suplente, ambos cargos del citado
Hospital.
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7,
de la Ley N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las
distintas situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para
incorporar a la misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución Conjunta N° 5-MSGCyMMGC/13 y
la Resolución N° 141-MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15
y sus modificatorios,
LA MINISTRA DE SALUD
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1°.- Convalidase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 492-
GCABA-HGAP/19.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5762 - 16/12/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR