Resolución N 240/GCABA/AGC/11
Firmantes | IbáÑez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 30 de Mayo de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESOLUCIÓN N 240/GCABA/AGC/11SE ARCHIVA SUMARIO
Buenos Aires, 30 de mayo de 2011
RESOLUCIÓN N.° 240/AGC/11.
Buenos Aires, 30 de mayo de 2011
VISTO:
El Expediente N° 1.300.389/2009 por el cual tramita el Sumario N° 322/09, y
CONSIDERANDO:
Que esta Agencia Gubernamental de Control dispuso mediante Resolución N° 549-AGC/009, la instrucción del presente sumario administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades con motivo de la denuncia anónima N° 1.448/08 realizada en el Sistema Único de Denuncias con fecha 21 de enero de 2008;
Que dicha denuncia hace referencia al local sito en Campichuelo N° 202, mediante la cual y en forma anónima se imputan a Osvaldo Daniel Francomano, inspector de la Dirección General de Fiscalización y Control dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control, actos de corrupción consistentes en solicitar dinero a cambio de no clausurar hoteles familiares que están en pésimas condiciones, puntualizándose en la misma que, en el mes de diciembre de 2008, solicitó y percibió entre cuatro o cinco mil pesos de la viuda del dueño de la cadena de hoteles familiares,
Que de la investigación informal realizada por la Coordinación de Diligencias e Instrucciones Previas Sumariales, se confirmó la existencia del denunciado Francomano, en el registro de inspectores obrante en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar);
Que abierta la instrucción del sumario, se solicitaron informes sobre habilitación de actividad comercial para el domicilio de Campichuelo N° 202, P.B., de esta Ciudad, en el Padrón Sistematizado de Locales, habiéndose hallado una habilitación por Carpeta N° 11.202/1985 a nombre de Mónica Quattromano, otorgada el día 22 de julio de 1985 para desarrollar el rubro de Venta de Golosinas Envasadas (Kiosco);
Que asimismo obra el informe producido por la Dirección General de Fiscalización y Control, en la que se adjunta el Informe de inspección N° 315-DGFYC/2010, de fecha 5 de enero de 2010, de donde surge que los inspectores constituidos en el domicilio en cuestión pudieron verificar lo siguiente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba