Resolución N 293/GCABA/SSPLAN/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 293/GCABA/SSPLAN/11SE AUTORIZA EL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN CORTINA 2656/58

Buenos Aires, 03 de junio de 2011

RESOLUCIÓN N.° 293/SSPLAN/11.

Buenos Aires, 3 de junio de 2011

VISTO:

El Expediente N° 76537/1999 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Cortina N° 2656/58, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 407,75m2 de los cuales 316,05m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (SS: Cocheras, Escalera y Alero; PB: Estar Comedor, Escalera, Toilette, Cocina Lavadero y Aleros; 1° Piso: Dormitorios, Paso y Baños), en tanto que 91,70m2 en forma no reglamentaria (1° Piso: Dormitorios; 2° Piso: Dormitorios, Pasos, Baños y Escaleras), según surge del cotejo de los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 41 a 55), con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 10 a 11 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 38;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2 "Distrito R1bI, Disposiciones Particulares, inciso d) FOT Máximo" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 56 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 10 a 11), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras...

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