Resolución Nº 282/GCABA/MJYSGC/17

FirmantesOcampo
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad

VISTO:

La Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666), las Resoluciones Nros.

86/MJYDH/16, 484/MJYSGC/16 y 285/SSJUS/16, el Expediente Electrónico N° 2016-

25862036-MGEYA-DGTALMJYS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 484/MJYSGC/16, se aprobó el Protocolo de Uso de

Dispositivos de Geoposicionamiento ordenado por Magistrados del Fuero Penal,

Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que obra en el

Anexo I de la misma, y cuyo objeto es determinar la metodología que utilizará el Artículos 1 y 2

Ministerio de Justicia y Seguridad en la entrega, colocación y control de dichos

Dispositivos;

Que en ese sentido, mediante la Resolución N° 285/SSJUS/16, se aprobaron el

Instructivo Anexo al Protocolo de Uso de Dispositivos de Geoposicionamiento, el

Formulario de alta para ingreso al sistema de dispositivos Electrónicos de

Georeferencia y el Acta de Entrega del Equipamiento;

Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación oportunamente invitó

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a participar del Programa de Asistencia de

Personas bajo Vigilancia Electrónica, en el ámbito de la Dirección Nacional de

Readaptación Social;

Que entre los principales objetivos del mencionado Programa, se encuentra el de

colaborar con el Poder Judicial de la Nación mediante la evaluación de las condiciones

de viabilidad para la implementación de dispositivos de vigilancia electrónica en casos

de medidas restrictivas de la libertad;

Que en dicho contexto, mediante Resolución N° 86/MJYDH/16 del Ministerio de

Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se decidió ampliar el ámbito de aplicación

del Programa y su delimitación poblacional y geográfica, permitiendo destinarlo a

aquellas personas adultas condenadas o procesadas por la justicia nacional, federal o

provincial, en condiciones de acceder al arresto domiciliario, de conformidad con los

términos de los requerimientos judiciales respectivos y las posibilidades materiales de

esta jurisdicción para su implementación;

Que, por su parte, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya cuenta con el Centro

Único de Coordinación y Control que opera el sistema de geolocalización de

dispositivos electrónicos para los supuestos de medidas de prohibición de

acercamiento, impedimento de contacto y violencia de género, y de arresto y prisión

domiciliaria, que fueran ordenadas por magistrados del Fuero Penal...

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