Resolución N° 28/SSGU/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 28/SSGU/21
Buenos Aires, 16 de junio de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
(Decreto Nº 1510/97), El Código de la Edificación (Ley N° 962), el Código de
Planeamiento Urbano (Ley N° 449), la Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004, los
Decretos Nº 138/21, Nº151/2021,, Expediente Electrónico EX-2017- 17811789-
MGEYA -DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico EX-2017-17811789-
MGEYA -DGROC, se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin
permiso reglamentarias y no reglamentarias para el inmueble sito en la calle Zequeira
N° 6774-76 de esta Ciudad (Nomenclatura Catastral: Nomenclatura Catastral: Circ. 1
Secc. 74 Manz. 75 Parc. 16);
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 77.87 m 2 , de los cuales
55.87 m 2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (P. Baja: sector pasillo; P.
Alta: baño, dormitorios y hall; P. Azotea: escalera y lavadero); en tanto que 22.00 m 2
fueron llevados en forma no reglamentaria (P. Baja: comedor y alero), según surge del
cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente
aprobadas s/Nº de Orden 9 (PLANO-2017-17811765-DGROC) y los planos
presentados para regularizar la situación s/ Nº de Orden 82 (PLANO-2020-12924211-
GCABA-DGROC), con destino Vivienda Unifamiliar;
Que obran s/Nº de Orden 8 Pág. 1 a 2 / 3 (RE-2017-17811754-DGROC) la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; según consta en Nº de Orden 54 Pág. 1 a 2/ 4 (DOCPE-2019-33384695-
GCABA-DGROC);
Que según Nº de orden 98 (IF-2020-30346302-GCABA-DGROC), la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, detectó una diferencia en los
Derechos de Delineación y Construcción abonados y emitió boleta; según Nº de orden
104 (IF-2021-09874066-GCABA-DGROC) el profesional actuante agregó comprobante
de pago de la misma;
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2020-24119586-GCABA-DGROC (n° de orden 95) expresó: “La superficie no
reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren
permiso de obra” y 4.6.4.2 “Iluminación y ventilación de locales de primera clase
ambos del Código de la Edificación, según surge de Nº de Orden 90 (IF-2020-
21437323-GCABA-DGROC); observándose que la misma encuadra en los términos
del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención” del Código de la Edificación, modificado
por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004.”;
Que la Gerencia Operativa de Registro de Obras mediante Informe IF-2021-22712048-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6175 - 20/07/2021

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