Resolución Nº 28/GCABA/MJGGC/17

FirmantesMiguel
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros

VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y 4.013, la Ley de Procedimientos Administrativos -Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (Textos consolidados por Ley N° 5.666), los

Decretos N° 3.360/68 y N° 184/10, las Resoluciones Nros 1/PG/05, 13/SJySU/2005,

536/MJYSGC/13, 271/MMGC/14, 854/MMGC/15, 855/MMGC/15, 856/MMGC/15 y

130/MJYSGC/16, Expediente N° 2/2005 e incorporados, el Sumario N° 1/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 2/2005 tramitó la instrucción de sumario ordenado mediante

Resolución N° 1/PG/05 a los efectos de deslindar eventuales responsabilidades

disciplinarias, con relación a los hechos ocurridos el 30 de Diciembre de 2004, en el

local denominado "República Cromagnon", sito en la calle Bartolomé Mitre N° 3066 de

esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el sumario administrativo tuvo como objeto determinar las presuntas

responsabilidades que por acción y/u omisión se hubiesen generado, entre aquellas

personas involucradas en la autorización, habilitación, inspección y/o control de dicho

local y evento, independientemente de las oportunas denuncias e investigaciones que

se dilucidaron en el ámbito del Poder Judicial de la Nación;

Que con posterioridad, la entonces Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana ordenó

la instrucción de un sumario administrativo referido a los mismos hechos, mediante

Resolución N° 13/SJySU/2005 de fecha 21/01/2005, generando el Expediente N°

3.982/2005, el cual se incorporó a las presentes actuaciones para su tramitación

conjunta, por razones de conexidad;

Que clausurada la etapa instructoria, la Procuración General, mediante el dictamen IF-

2013-01737473-DGSUM, recomendó la aplicación y eximición de diversas sanciones a

los agentes cuya acciones se hubo investigado, por encontrar elementos suficientes

que configuran conductas incompatibles con las obligaciones de los trabajadores de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante las cuales la Administración debe ejercer su

potestad disciplinaria;

Que en tal sentido, y siguiendo los lineamientos expuestos en el dictamen jurídico

antes mencionado, mediante el dictado de la Resolución N° 536/MJYSGC/2013, el

Ministerio de Justicia y Seguridad resolvió, respecto del agente Daniel Alejandro Díaz

(D.N.I. N° 18.204.918), de acuerdo al artículo 1°, dejar asentado en el Legajo del

mismo que "...si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires en la época de los hechos investigados, se le habría aplicado una

sanción segregativa en orden a los siguientes cargos: 3) "En su carácter de

Subcoordinador Operativo de la Dirección General de Verificación y Control no haber

emitido órdenes de trabajo disponiendo inspecciones en locales bailables Clase "C",

desde el mes de marzo de 2004 hasta el 31 de diciembre del mismo año"; 4) "No

haber implementado y/u organizado las medidas necesarias para que se concretara

efectivamente la inspección del local de Bartolomé Mitre 3050/78, no obstante haber

participado regularmente en las reuniones llevadas a cabo los días lunes en la orbita

de la Subsecretaría de Control Comunal"; 5) "No haber dispuesto las medidas

necesarias a efectos de que se llevaran a cabo nuevas inspecciones en el local de

Bartolomé Mitre 3050/78 hasta que se encontrara abierto y poder constatar las

condiciones de seguridad y funcionamiento"; 6) "No haber mantenido un sistema

uniforme de inspección y seguimiento de los locales bailables Clase "C" en toda la

Ciudad de Buenos Aires"; 8) "No haber organizado operativo alguno, en materia de

inspecciones referidas a locales bailables Clase C el día 30 de diciembre de 2004",

siendo su conducta violatoria de la obligación establecida en el artículo 10, inciso a) de

la Ley N° 471, en función de lo previsto en el artículo 48, inciso e) de la misma

normativa...";

Que asimismo, mediante la citada Resolución, conforme surge del artículo 2°, el

mencionado agente fue eximido de responsabilidad disciplinaria en orden a los

siguientes cargos...

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