Resolución Nº 279/GCABA/SSDEP/15

FirmantesIrarrazaval
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Deportes
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2015

VISTO:

La Ley 4.013, el Decreto 339/14, La Ley N° 1.624 y sus modificatorias la Ley 3.218, la

Ley 4.059 y la Ley 4.866, el Decreto Reglamentario N° 1.416/07, la Resolución N°

48/SSDEP/08, la Resolución N° 50/SSDEP/10, el Expediente N° 371232-MGEYA-

SSDEP-2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Deporte N° 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y

coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel

comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 333/SSDEP/2014, dictada en el marco de la Ley N° 1.624, la

señora SZYSZKA, CRISTINA ELIZABETH, DNI N° 25.257.882, en carácter de

acompañante de las deportistas amateurs Felicitas Palmou, Lucila Zabalza, Martina

Morandini y Luciana García, recibió un subsidio para ser destinado a permitir la

participación de deportistas amateurs en competencias deportivas, por el monto de

PESOS CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 5.767,00.-);

Que atento lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley N° 1.624, el Subsecretario

de Deportes cuenta con facultades para otorgar subsidios destinados al desarrollo y

promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario, de acuerdo a lo estipulado

en el Acta de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte de fecha 8 de julio

de 2010, realizar la correspondiente rendición de cuentas documentada ante la

Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones N°

48/SSDEP/08 y N° 50/SSDEP/09;

Que dichas normas establecen que el beneficiario debe, a efectos de la rendición de

cuentas, acreditar la utilización de los fondos, del pasaje y la participación en la

competencia;

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General de Administración y

Organización Deportiva y la Dirección General de Infraestructura Deportiva, surge de

las presentes actuaciones que el beneficiario ha presentado documentación suficiente

a efectos de demostrar dichos extremos;

Que consta en las presentes actuaciones el informe de evaluación de la Gerencia

Operativa de Administración de la Dirección General de Administración y Organización

Deportiva, según el cual la documentación presentada como comprobante de los

gastos realizados resulta suficiente.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL...

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