Resolución Nº 279/GCABA/SECGCYAC/15
Firmantes | Macchiavelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana |
Fecha de la disposición | 21 de Julio de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 4.013, N° 2.095, los Decretos N° 95/2014, N° 660/2011, N° 590/2012, y
el Expediente N° EX-2014-04214458- -MGEYA-DGTALCIU, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramitó la Licitación Pública N° 687/SIGAF/2014
para la contratación del Servicio del Centro Integral de Atención Ciudadana;
Que por Resolución RESOL-2014-236-SECGCYAC se aprobaron los Pliegos de
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del
Servicio del Centro Integral de Atención Ciudadana y se llamó a Licitación Pública, al
amparo de lo establecido en el artículo 31, segunda parte del artículo 32 y
concordantes de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/2014;
Que por el Decreto N° 67/2015 se aprobó la Licitación Pública N° 687/SIGAF/2014 y
se adjudicó la contratación a la firma GIV S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO
SETENTA Y UN MILLONES ($ 171.000.000);
Que asimismo por el artículo 4° del citado Decreto se delegó en el señor Secretario de
la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana la facultad de suscribir la
respectiva orden de compra, y dictar todos los actos administrativos que fueren
necesarios para la ejecución de la presente contratación hasta la finalización de la
misma, incluyendo, en caso de corresponder, la ampliación del total adjudicado y/o
prórroga del plazo de duración, la redeterminación de precios, así como rescindir el
contrato suscripto en caso que corresponda, de conformidad con la normativa
aplicable;
Que el artículo 117 de la Ley 2095 establece que: "Una vez perfeccionado el contrato,
el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un
veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y
precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la
disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de
compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según
corresponda.";
Que mediante la Ley N° 4.013 se creó la Secretaría de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana, dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 660/2011 se aprobó la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba