Resolución Nº 279/GCABA/SECGCYAC/15

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Fecha de la disposición21 de Julio de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 4.013, N° 2.095, los Decretos N° 95/2014, N° 660/2011, N° 590/2012, y

el Expediente N° EX-2014-04214458- -MGEYA-DGTALCIU, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto tramitó la Licitación Pública N° 687/SIGAF/2014

para la contratación del Servicio del Centro Integral de Atención Ciudadana;

Que por Resolución RESOL-2014-236-SECGCYAC se aprobaron los Pliegos de

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación del

Servicio del Centro Integral de Atención Ciudadana y se llamó a Licitación Pública, al

amparo de lo establecido en el artículo 31, segunda parte del artículo 32 y

concordantes de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/2014;

Que por el Decreto N° 67/2015 se aprobó la Licitación Pública N° 687/SIGAF/2014 y

se adjudicó la contratación a la firma GIV S.R.L. por la suma de PESOS CIENTO

SETENTA Y UN MILLONES ($ 171.000.000);

Que asimismo por el artículo 4° del citado Decreto se delegó en el señor Secretario de

la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana la facultad de suscribir la

respectiva orden de compra, y dictar todos los actos administrativos que fueren

necesarios para la ejecución de la presente contratación hasta la finalización de la

misma, incluyendo, en caso de corresponder, la ampliación del total adjudicado y/o

prórroga del plazo de duración, la redeterminación de precios, así como rescindir el

contrato suscripto en caso que corresponda, de conformidad con la normativa

aplicable;

Que el artículo 117 de la Ley 2095 establece que: "Una vez perfeccionado el contrato,

el organismo contratante puede: I. Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un

veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y

precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la

disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de

compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según

corresponda.";

Que mediante la Ley N° 4.013 se creó la Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana, dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por Decreto N° 660/2011 se aprobó la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR