Resolución N° 279 'A'
Emisor | Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 12 de Septiembre de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 185
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 21 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 268 - “A”
Córdoba, 8 de Septiembre de 2016
VISTO: El Expediente N° 0007-119119/2015, mediante el cual la
entidad civil denominada “ASOCIACION CIVIL CAMARA MEDITE-
RRANEA DE COMERCIO ELECTRONICO (CAMECE)”, con domici-
lio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.
b)-, 169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la
Ley 8652:
EL DIRE CTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL CAMARA MEDITERRANEA DE COMERCIO ELECTRONICO (CAME-
CE)”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a
funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “ASO-
CIACION CIVIL CAMARA MEDITERRANEA DE COMERCIO ELECTRONI-
CO (CAMECE)”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por
ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la rubrica,
no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado
por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos, archí-
vese.FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 281 - “A”
Córdoba, 12 de Septiembre de 2016
VISTO: El Expediente N° 0007-122466/2015 mediante el cual la enti-
dad civil denominada “CLUB SPORTIVO FORCHIERI” con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización esta-
tal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CLUB SPOR-
TIVO FORCHIERI”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repú-
blica Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“CLUB SPORTIVO FORCHIERI”
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 279 - “A”
Córdoba, 12 de Septiembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-125786/2016, mediante el cual la enti-
dad civil denominada “ASOCIACION ARGENTINA DE CULTURA BRITA-
NICA”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argenti-
na, solicita autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en
Asamblea Ordinaria con fecha 29 de Abril de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria con fecha 29 de Abril de 2016 de la entidad civil
denominada “ASOCIACION ARGENTINA DE CULTURA BRITANICA” CUIT
N° 30-52685435-3 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, en la
cual se resolvió la reforma de los artículos 4, 5, 8, 9, 10 y se elimino el arti-
culo 32 del estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
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