Resolución Nº 64/11

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA . Resolución Nº 64/11.

La Plata, 16 de marzo de 2011.

VISTO, el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 (T. O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el Expediente Nº 2429- 0220/2011, y CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones indicadas en el Visto, la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.) realizó una presentación ante este Organismo de Control solicitando la baja en el sistema de análisis de interrupciones del corte de suministro ocurrido en el ámbito de la Sucursal Bahía Blanca, el día 20 de noviembre de 2010;

Que la Distribuidora expresa que la interrupción fue solicitada por el único cliente afectado –COCA COLA POLAR ARGENTINA S.A. División Bahía Blanca – con el fin de realizar trabajos de ampliación de planta (f. 3); Que presenta como prueba: nota de solicitud de corte de suministro (f. 1) y Protocolo de Cálculo de Contingencias (f. 2); Que habiendo tomado intervención la Gerencia Control de Concesiones concluyó que:

...De la lectura de las actuaciones se concluye, que la interrupción del suministro fue solicitada a la Distribuidora por el único cliente, para realizar tareas de ampliación de planta, consideramos que la Distribuidora, puede dar de baja del Sistema de Análisis de Interrupciones de Suministro a la finalización del semestre...

(f. 6); Que llamada a intervenir la Gerencia de Procesos Regulatorios señaló que si bien, el Contrato de Concesión estipula que la única causal de exclusión de responsabilidad es la fuerza mayor, no debe soslayarse que el mismo se encuentra inserto en la pirámide jurídica de nuestro Estado de Derecho, que consagra la supremacía constitucional y una prelación de orden jurídico (artículo 31 de nuestra Carta Magna); Que, en tal sentido, debe concluirse estableciendo que al no ser imputable el corte de suministro al Distribuidor, por surgir éste de una relación contractual con el usuario solicitante y no afectar a ningún otro cliente, como así tampoco reunir esta situación los caracteres de la fuerza mayor, no se...

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