Resolución N 59/GCABA/ERSP/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N 59/GCABA/ERSP/11FIJA MONTO MÁXIMO PARA CAJA CHICA ESPECIAL DE VIÁTICOS ASIGNADA A LA GERENCIA DE CONTROL - REEMPLAZA ARTÍCULO 8 DEL ANEXO I RESOLUCIÓN 200-EURSP-2009

Buenos Aires, 13 de mayo de 2011

VISTO:

lo normado en el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 70, la Ley N° 210, la Resolución N° 200/EURSPCABA/20009, la Nota N° 65/GA/2011, el Acta de Directorio N° 425, punto Segundo del 16 de febrero de 2011, el Expediente N° 533/EURSPCABA/2011, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está alcanzado por la Ley N° 70, según lo indica su artículo 4°;

Que, el Art. 15 de la Ley N° 210 establece que el Ente rige su gestión financiera patrimonial y contable por la Ley de Gestión y Administración Financiera y Control del Sector Público;

Que, a través de la Resolución N° 200/EURSPCABA/2009, artículo 1°, se le asigna una Caja Chica Especial para Viáticos a la Gerencia de Control de $ 4.000.- con el objeto de cubrir la necesidad operativa de los procesos de fiscalización de los servicios públicos toda vez que exigen el permanente traslado del personal a diferentes zonas de la Ciudad como rutina habitual de su tarea;

Que, en función de la experiencia reunida desde su aplicación, la Gerencia de Administración a través de su Nota N° 65/GA/2011 propone optimizar el procedimiento asignando a la Caja Chica Especial de Viáticos de la Gerencia de Control un monto máximo de $ 2.000.- .

Que, en la mencionada nota sugiere también el reemplazo del artículo 8°, Anexo I de la citada Resolución por el siguiente textoArtículo 8°: Rendición y reposición de fondos: El responsable procederá a emitir lo dispuesto en el Anexo IV para la rendición de cuentas y enviar esa documentación al Área de Administración Financiera de la Gerencia de Administración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR