Resolución Nº 277/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 12.298.672/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Oficina Comercial" para el inmueble sito en la calle Riobamba N° 429
Piso 18° - U.F N° 240/241/242/243 - Unidades 1802/1803/1804 y1805, con una
superficie a habilitar de 352,09 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 50 "Av. Callao" de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Se admitirán los usos del Distrito C2;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 12854622-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan
impactos relevantes en el Distrito;
Que los usos consignados permitidos en el Distrito C2 del Cuadro de Usos 5.2.1.a) del
Código de Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Oficina comercial - Oficina
consultora" con referencia de estacionamiento 31 (1 módulo cada 120m2 de la
superficie total construida);
Que la referencia 31 de Estacionamiento, deberá cumplimentar con 3 módulos para
estacionamiento en la parcela, o según Parágrafo "... 7.7.1.8 Servidumbre; El predio
sirviente podrá estar ubicado en otra manzana a una distancia no mayor que 200 m
medidos sobre la vía pública en línea recta o quebrada, entre las intersecciones de la
Línea Municipal con los ejes divisorios de ambos predios..." según el Código de la
Edificación;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO
RESUELVE
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