Resolución Nº 277/GCABA/CDNNYA/17
Firmantes | Leguizamón |
Emisor | F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
VISTO:
Las Leyes Nros. 114 y 471 (textos consolidados por Ley N° 5.666), la Resolución N°
1206/CDNNyA/2016, el Expediente Electrónico N° 26.630.322/MGEYA-
DGPDES/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se crea el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica
y administrativa y autarquía financiera;
Que mediante Resolución N° 1206/CDNNYA/2016 se otorgó licencia por excedencia,
sin goce de haberes solicitada por agente Paula Graciela Lourdes Suarez Ficha N°
468.944, CUIL N° 27-28676164-5, a partir del 31 de diciembre de 2016 y por el término
de noventa (90) días corridos;
Que por el Expediente Electrónico N° 26.630.322/MGEYA/DGPDES/2016 tramita la
solicitud de prórroga de licencia por excedencia de maternidad, sin goce de haberes,
peticionada, mediante nota obrante como IF N° 6.363.025/DGPDES/2017, por la
agente Paula Graciela Lourdes Suarez, FC N° 468.944, CUIL N° 27-28676164-5, a
partir del 31 de marzo de 2017 y por el término de treinta (30) días corridos;
Que la agente mencionada cumple funciones en la Defensoría Zonal Comuna 4 -
Nueva Pompeya,
dependiente de la Dirección General de Programas
Descentralizados;
Que por su parte, la coordinadora de la Defensoría Zonal Comuna 4 - Nueva
Pompeya, mediante PV N° 6.364.082/DGPDES/2017, prestó conformidad con el
otorgamiento de la prorroga de la licencia por excedencia solicitada;
Que cabe destacar que el artículo 23 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°
5.666) establece que, vencido el lapso previsto para el período de post-parto, la
trabajadora podrá optar por extender su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos
más, sin percepción de haberes;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que autorice la
prórroga de la licencia por excedencia, sin goce de haberes, para la agente
mencionada, a partir del 31 de marzo del año 2017, y por el término de treinta (30)
días corridos;
Que la Dirección General Legal, Técnica...
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