Resolución N 226/GCABA/MJGGC/11

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición13 de Abril de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESOLUCIÓN N 226/GCABA/MJGGC/11SE ARCHIVA EL SUMARIO N° 352/08

Buenos Aires, 13 de abril de 2011

RESOLUCION N.° 226/MJGGC/11.

Buenos Aires, 13 de Abril de 2011

VISTO:

La Ley N° 471, el Decreto N° 3.360-MCBA/68, el Expediente N° 54.757/2008 e Inc., y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Expediente tramitó el Sumario Administrativo N° 352/08, ordenado por Resolución N° 47-SSATCIU/2008, ratificada en todos sus términos por la Resolución N° 665-MJGGC/2008, a efectos deslindar las responsabilidades que hubieran podido corresponder con relación a los hechos denunciados por la entonces Directora de Desarrollo y Mantenimiento Barrial del Organismo Fuera de Nivel Centro de Gestión y Participación N° 13, dependiente de la Subsecretaría de Atención Ciudadana de esta Jefatura de Gabinete deMinistros, Sra. Pertot, Isabel Teresita, en referencia al faltante patrimonial de un monitor de 17' marca Samsung Syncmaster Modelo 740 N, S/N HA17HXCL922532, N° 434 de orden de inventario, hecho oportunamente denunciado por ante la Comisaría N° 35 de la Policía Federal Argentina;

Que conforme surge de las constancias obrantes en el expediente citado en el Visto, entre los días 23 y 25 de enero de 2008 se produjo un hecho delictivo calificado como hurto, circunstancia que trajo como consecuencia el faltante patrimonial referenciado precedentemente;

Que en virtud del hecho ilícito ocurrido intervino la Fiscalía de Distrito Saavedra A/C del Dr. Catot;

Que abierta la etapa instructoria, se recibió declaración testimonial a la Sra. Pertot, Isabel Teresita, Directora del mencionado Centro de Gestión y Participación Comunal, quien ratificó los dichos vertidos en la denuncia presentada por ante la Comisaría N° 35 de la Policía Federal Argentina;

Que en el mismo sentido de lo descripto precedentemente se cursó Nota al Centro de Gestión y Participación Comunal ut supra mentado para que informe la situación de revista del personal de limpieza que prestaba servicios en dicho centro, durante el mes de enero de 2008, a lo que se obtuvo como respuesta que el mismo no se encontraba dentro de los cuadros de la administración;

Que de la investigación practicada no pueden determinarse las circunstancias en que se cometió el ilícito, como así tampoco, que existan elementos que permitan atribuir...

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