Resolución N° 2740/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 2740/MEFGC/19
Buenos Aires, 21 de noviembre de 2019
VISTO: Las leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), 6025, 6147 y 2155
(texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la
Resolución Conjunta N° 5-MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141-MSGC/19 y
modificatorias, el Expediente Electrónico N° 18882051-GCABA-DGAYDRH/19, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A.
Fernández", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 777-HGAJAF/19,
modificada por Disposición N° 973-HGAJAF/19, designó a la Dra. Rocío Noelia Couce,
DNI 29.150.541, CUIL. 23-29150541-4, cómo Especialista en la Guardia Médica
Asistente (Terapia Intensiva), con 30 horas semanales, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Nº 6035, lo establecido por la Resolución Conjunta Nº 5-
MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141-MSGC/19 y modificatorias, correspondiéndole
percibir el suplemento por "Área de Urgencia" (Código 051), y suplemento por Función
Crítica, cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, del citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley
N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas
situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por la Resolución Conjunta N° 5-MSGCyMMGC/13,
la Resolución Nº 141-MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15
y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1°.- Convalídase lo dispuesto, por Disposición N° 777-HGAJAF/19, modificada
por Disposición N° 973-HGAJAF/19.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y al Hospital
General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández" , del Ministerio de Salud, el que deberá
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5749 - 26/11/2019

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