Resolución N° 272/ISSP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 272/ISSP/21
Buenos Aires, 28 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), la Resolución N°
82/ISSP/12, la Notas Nº 30884554/DCEISSP/21, N° 32240002/DCEISSP/21 y N°
32566475/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 30426808/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer adecuadamente las demandas de seguridad local, la
Policía de la Ciudad cuenta entre su equipamiento con vehículos de flota pesada,
destinados al transporte de personas y otros de más de 3500 KG, destinados al
transporte de cosas, resultando indispensable mantener capacitado al personal para
su debido uso;
Que el artículo 7 de la Resolución N° 82/ISSP/12 aprobó el “Curso de Adaptación a
Flota Pesada”;
Que la experiencia colectada en su dictado, la necesidad de adecuar y reorganizar sus
contenidos, advertida la diferenciación entre los vehículos de flota pesada para el
transporte de personas y los vehículos de flota pesada de más de 3.500 Kilogramos -
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6250 - 04/11/2021

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