Resolución N° 27
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 11 de Julio de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 128
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 11 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
acreedor no formuló reserva por intereses.
Que, acerca de la improcedencia del pago de intereses sobre el cer-
ticado nal de la misma obra, y con fundamento en la falta de reserva al
momento del cobro, esta Tesorería General se pronunció en la Resolución
050/17, agregada en copia a fs. 11.
Que esa falta de reserva en tiempo propio hace perder los derechos
sobre los intereses que el acreedor hubiere podido reclamar, en función de
lo dispuesto en el Art. 624 del Código Civil, vigente a la fecha del pago.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 7850 en su
artículo 41, con fundamento en el artículo 624 del Código Civil y atento al
Informe 026/18 de la División Asuntos Legales.
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) NO HACER LUGAR al pedido de intereses por pago en mora del
certicado parcial N° 1 de la Obra “Revestimiento Texturado Plástico y Sis-
tema de Iluminación Ornamental en el Edicio que ocupa la CASA DE LA
CULTURA de la ciudad de Río Cuarto”, solicitado por HINSA S.A.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 27
Córdoba, 28 de junio de 2018
VISTO: El Expte. 0047-015669/2010/R7 en el que a fs. 1, 2 y 3 del F.U. 2,
HINSA S.A. solicita el pago de intereses por pago en mora de los certica-
dos de Obra Parciales Numero 3,4 y 5 y del Certicado Especial N° 1 de
la Obra “Reparación e impermeabilización de cubierta de techo y pluviales
de la Escuela IPEM N° 259- Ambrosio Olmos e IPEM N° 281 Dr. Carlos A.
Lucero Kelly- Ciudad de Río Cuarto- Departamento de Río Cuarto- Provin-
cia de Córdoba”.
Y CONSIDERANDO
Que a fs. 41, la Dirección General de Administración del Ministerio de
Obras Viales y Financiamiento informa que el día 24 de abril del año 2013
se abonó el certicado nal, y que al momento de percibir el pago el acree-
dor no formuló reserva por intereses.
Que esa falta de reserva en tiempo propio hace perder los derechos
sobre los intereses que el acreedor hubiere podido reclamar, en función de
lo dispuesto en el Art 624 del Código Civil, vigente a la fecha del pago.
Por ello, conforme a las atribuciones que otorga la Ley 7850 en su
artículo 41, y con fundamento en el artículo 624 del Código Civil y atento al
Informe 025/18 de la División Asuntos Legales,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
I) NO HACER lugar al reclamo de intereses sobre certicados de Obra
Parciales Numero 3,4 y 5 y del Certicado Especial N° 1 de la Obra, emi-
tidos por la Obra: “Reparación e impermeabilización de cubierta de techo
y pluviales de la Escuela IPEM N° 259- Ambrosio Olmos e IPEM N° 281
Dr. Carlos A. Lucero Kelly- Ciudad de Río Cuarto- Departamento de Río
Cuarto- Provincia de Córdoba”, interpuesto por HINSA S.A.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
FDO: SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CION / JOSE ERNESTO SONZINI, DIRECTOR GENERAL DE GESTION
SALARIAL
FE DE ERRATAS
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
En nuestra edicion del dia 10/7/2018 publicamos la Resolución Nº
112 donde se omitio incluir los anexos que se detallas a continua-
cion: ANEXOS - Dejamos asi salvadas dichas omisiones
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