Resolución Nº 265/GCABA/CDNNYA/17

FirmantesLeguizamón
EmisorF/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por

Decreto 1510/97, ratificado por Resolución de la Legislatura N° 41/1998 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el

Decreto N° 346/2013, la Resolución N° 244/CDNNyA/2017, el Expediente electrónico

N° 06458942/MGEyA- DGLTACDN/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el artículo 1° del Decreto N° 346/13 delegó en los titulares de organismos de

entes descentralizados, la facultad de suscribir convenios con entes públicos no

estatales internacionales, interjurisdiccionales, nacionales, provinciales, municipales y

con entes privados nacionales, internacionales e interjurisdiccionales, cuyos objetos

tengan por fin el cumplimiento de cometidos estatales específicos vinculados a sus

áreas de competencia;

Que habiéndose suscripto la Resolución N° 244/CDNNYA/2017, que aprobó el

convenio celebrado entre este Organismo y la Asociación Civil El Trapito, mediante

Anexo IF N° 06841609/CDNNyA/2017, que forma parte del precitado acto

administrativo, este Consejo tomó conocimiento, previo a la suscripción del

instrumento, del fallecimiento de la Sra. Inés Noemí Pansera, DNI N° 10.439.769,

Presidente de la misma;

Que posteriormente, la Asociación mencionada puso en conocimiento que el actual

Presidente de la misma es el Sr. Martín Andrés Scotto, DNI N° 22.447.554;

Que el artículo 19 inc. b) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobada por Decreto 1510/97, ratificado por Resolución de la

Legislatura N° 41/1998 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece el saneamiento

del acto administrativo mediante la confirmación por el mismo órgano que lo dictó,

subsanando el vicio que lo afecte;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde aprobar el

convenio celebrado entre este Consejo y la Asociación Civil El Trapito, el que...

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