Resolución N° 2636/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 2636/MEFGC/19
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2019
VISTO: Las leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6017), 6025, 6147 y 2155
(texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la
Resolución Conjunta N° 5/MSGCyMMGC/13, la Resolución Nº 141/MSGC/19 y
modificatorias, el Expediente Electrónico N° 24299594-GCABA-DGAYDRH/19, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales, a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaría de Atención Hospitalaria,
del Ministerio de Salud, mediante Resolución N° 360- GCABA-SSAH/19, designó al Dr.
German Ariel Cristiano, D.N.I. 33.421.107, CUIL. 20-33421107-0, como Profesional de
Guardia Médico Asistente, con 30 horas semanales de labor, distribuidas en dos
turnos de doce (12) horas cada uno y seis (6) hras de capacitación, para
desempeñarse en la Dirección General Sistemas de Atención Médica de Emergencia
(SAME), de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 6035, lo establecido por la
Resolución Conjunta Nº 5-MSGCyMMGC/13 y la Resolución N° 141-MSGC/19 y
modificatorias, correspondiéndole percibir el Suplemento por "Área de Urgencia"
(código 051);
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7, de la Ley
N° 471, y efectuado las observaciones pertinentes, en cada una de las distintas
situaciones de revista, y realizado las altas que fueran necesarias, para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por la Resolución Conjunta N° 5-MSGCyMMGC/13,
la Resolución Nº 141-MSGC/19 y modificatorias, y los términos del Decreto N° 363/15
y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMIA Y FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Resolución N° 360-
GCABA-SSAH/19.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, a la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5742 - 14/11/2019

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