Resolución Nº 260/GCABA/MJYSGC/15
Firmantes | Montenegro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 9 de Abril de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 268, N° 5241 y N° 4013, el Decreto N° 530/14, la Resolución N°
156/MJYSGC/15, el Expediente Electrónico N° 5901902/DGELEC/15, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 530/14 se convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para que el
día 26 de Abril de 2015 se proceda a la selección de los candidatos a Jefe/a de
Gobierno, Diputados/as de la Ciudad y Miembros de las Juntas Comunales de las
agrupaciones políticas que deseen intervenir en la elección general de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las competencias asignadas al Ministerio de Justicia y Seguridad por la
Ley N° 4013 y concordantes, se encuentra la referida al financiamiento de los partidos
políticos y los institutos de democracia participativa, tanto en el orden de la Ciudad
como de las Comunas, quedando, entonces, a su cargo la implementación de las
actividades necesarias para la organización y realización de las elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del día 26 de Abril de 2015;
Que por Resolución N° 156/MJYSGC/15 se estableció el circuito administrativo e
instructivo a fin de que los partidos políticos, confederaciones y alianzas que oficialicen
listas de precandidatos/as puedan solicitar el aporte público para el financiamiento de
la campaña electoral y el aporte público para la impresión de las boletas electorales;
Que el artículo 6 de la Ley N° 5241 establece que el poder ejecutivo otorga a las listas
de las agrupaciones políticas que oficialicen candidaturas un aporte para colaborar con
los gastos de impresión de las boletas electorales equivalente a 2 (dos) boletas por
elector registrado en la Ciudad por cada categoría de boleta de sufragio oficializada
dentro de cada agrupación política, fijándose en la suma de diez centavos ($ 0,10.-) el
valor por unidad de boleta de sufragio por categoría de cargos a elegir, debiendo el
Poder Ejecutivo hacer efectivo el aporte público mediante depósito en la cuenta única
prevista para los aportes públicos conforme Ley N° 268;
Que mediante Oficio N° 96/15 de fecha 30 de marzo del corriente año el Tribunal
Superior de Justicia informó que el padrón definitivo asciende a un total de dos
millones quinientos cincuenta y tres mil ciento ochenta y un (2.553.181) electores
nacionales y extranjeros empadronados para las elecciones a realizarse en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el día 26 de abril del 2015, correspondiendo otorgar para
cada lista que oficialice candidaturas la suma de pesos quinientos diez mil seiscientos
treinta y seis con veinte centavos ($ 510.636,20.-) como aporte para colaborar con los
gastos de impresión de boletas electorales para las elecciones del día 26 de abril de
2015...
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