Resolución N 3139/GCABA/MHGC/10

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE HACIENDA

RESOLUCIÓN N 3139/GCABA/MHGC/10INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO AL AGENTE GUSTAVO HÉCTOR PASSARELLO RESPECTO DE IRREGULARIDADES EN CUANTO A SU REGISTRO DE ASISTENCIA - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2010

VISTO:

El Decreto N° 3.360/MCBA/68 y modificatorios, el Expediente N° 835.611/10 y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto tramita la Auditoria realizada por la Dirección Operativa Auditoria y Contralor dependiente de la Secretaría de Recursos Humanos de este Ministerio, en la que se detectaron irregularidades en cuanto al registro de asistencia del agente Gustavo Héctor Passarello, Ficha N° 246.202, quien se desempeña en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;

Que, la auditoria practicada fue efectuada siguiendo los lineamientos de las normas de Auditoria General de la Ciudad de Buenos Aires y los que establecen las normas básicas de auditoria externa vigentes aprobadas por el Colegio de Auditores de esta Ciudad;

Que, de las conclusiones arrojadas por la auditoria mencionada, se obtuvo como resultado que en el registro de asistencia del causante diversas firmas difieren a simple vista unas de otras;

Que, desde el aspecto sustancial, la Ley N° 471 establece el Régimen de Relaciones Laborales de la Administración de la Ciudad de Buenos Aires, instaurando el régimen de Empleo Publico que regula las relaciones de trabajo entre este Gobierno y su personal dependiente;

Que, el artículo 10 de la Ley N° 471 establece que los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen, entre otras, las siguientes obligaciones: prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades de servicio encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral (inc. a); observar en el servicio una conducta correcta, digna y decorosa acorde con su jerarquía y función (inc. e);

Que, en este sentido, la situación descripta encuadraría en la conducta prevista en el artículo N° 47 inc. e) “incumplimiento de las obligaciones y quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en los artículos 10 Y 11 de la presente Ley“;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR