Resolución N° 252-MDUYTGC/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición10 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 252/MDUYTGC/18
Buenos Aires, 27 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), los Decretos Nros. 1.202/05,
798/06 y 363/15 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico Nº 07085715-
DGCACTYSV/18, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), se sancionó la
Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la que,
al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, le corresponde entre otros objetivos el
de diseñar e implementar políticas que a través de una planificación estratégica
promuevan la transformación de las condiciones de la calidad urbana de zonas
específicas de la Ciudad de Buenos Aires, como así también, instrumentar los planes,
programas y proyectos necesarios para la ejecución y fiscalización de obras públicas y
entender en las políticas referidas a la gestión y fiscalización del transporte y del
ordenamiento del tránsito en la Ciudad;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa,
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que el Decreto Nº 1.202/05 determina que, a partir del 1º de septiembre de 2005, las
prestaciones extraordinarias que deban ser cumplidas por los agentes del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que excedan sus jornadas normales de labor,
serán reconocidas y liquidadas bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas
por Servicios Extraordinarios (U.R.S.E.), de carácter remunerativo;
Que el Artículo 1º del Decreto N° 798/06, modificó el Artículo 6° del Decreto N°
1.202/05, estableciendo que la autorización para habilitar prestaciones remuneradas
mediante el presente sistema es dispuesta, según la dependencia de la repartición
involucrada, por el Ministro o funcionario con nivel o rango equivalente, o por el
Secretario correspondiente, no pudiéndose exceder el tope por agente de doscientos
setenta y cinco (275) U.R.S.E. anuales cuando éstas sean realizadas en días hábiles,
o de ciento treinta y siete (137) U.R.S.E. cuando se realicen en días inhábiles;
Que por la presente actuación, el Director General de la Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, solicita de forma excepcional y por
única vez la cantidad de dos mil ciento sesenta (2.160) URSES para días hábiles y de
cuatro mil ciento veinte (4.120) URSES para días inhábiles, imputables al mes de
febrero de 2018, en función a los servicios extraordinarios prestados en ese mes por
personal de su repartición, a raíz de la solicitud de colaboración interjurisdiccional,
para la inauguración del Aeropuerto "El Palomar";
Que la Subsecretaría de Movilidad Sustentable y Segura y la Secretaría de
Transporte, han prestado conformidad a lo requerido;
Que las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo y de Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, han intervenido, sin tener que formular objeciones al
respecto;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5350 - 10/04/2018

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