Resolución N° 252 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Agosto de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición30 de Julio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 159
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 4 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
del mismo año, y que el plazo de obra se encuentra vigente hasta el día
18 de enero del 2022. Asimismo, por Resolución Ministerial N° 185/2021
se aprobó la Primera Adecuación Provisoria de Precios por variaciones de
Costos al mes de marzo del 2021.
Que obra en autos Solicitud de Adecuación Provisoria realizada por el Con-
sorcio Caminero Único, suscripto digitalmente con fecha 27 de abril del 2021.
Que el Departamento Gestión Económica de Obras de la Dirección
Provincial de Vialidad acompaña informe técnico, junto a similar titulado
Adecuación Provisoria – Obra Faltante a Ejecutar – Abril/2021”, de los cua-
les surge que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo
dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, y que a la fecha del segundo salto el
porcentaje físico faltante de obra era del 100% y que la variación al mes de
Abril/2021 alcanzó un 5.26% lo que representa económicamente un incre-
mento de $ 9.635.549,57. En consecuencia, el nuevo costo del presupuesto
total de la obra asciende a la suma de $ 188.867.415,12.
Que asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y
de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incor porado en autos Formulario de Aceptación de Adecua-
ción Provisoria de Precios, suscripto por el señor Presidente del Consorcio
Caminero Único, por la que acepta la segunda Adecuación Provisoria de
Precios por las variaciones de costos vericadas en el mes de abril del
2021, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo esti-
pulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2021/000284 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 283/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformi-
dad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cum-
plimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N°
800/2016, modicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Reso-
lución Ministerial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación
en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior
al cinco por ciento (5%) respecto a los valores contractuales vigentes,
puede procederse a la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra,
debiendo oportunamente suscribir la adenda de contrato correspondiente,
habida cuenta que existe una modicación del precio contractual que pro-
duce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública
de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictami-
nado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con
el N° 283/2021 y en uso de sus atribuciones (Ley N° 10.546, Decreto N°
1053/2018 y demás relacionados);
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Segunda Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de abril del 2021,
de los trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “MEJORAMIENTO
CAMINO RURAL DE LA RED SECUNDARIA S-130 – LAS PEÑAS – LOS
MISTOLES – DEPARTAMENTO TOTORAL, por la suma total de Pesos
Nueve Millones Seiscientos Treinta y Cinco Mil Quinientos Cuarenta y Nue-
ve con Cincuenta y Siete Centavos ($ 9.635.549, 57), conforme Formulario
de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripta con fecha 18
de junio del 2021, por el Consorcio Caminero Único, representado por su
Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista de la obra, que como
Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total
de Pesos Nueve Millones Seiscientos Treinta y Cinco Mil Quinientos Cua-
renta y Nueve con Cincuenta y Siete Centavos ($ 9.635.549, 57), conforme
lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su
Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000284, de acuerdo
al siguiente detalle: con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Par-
tida 12.06.00.00 – Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 252
Córdoba, 30 de julio de 2021
Expediente N° 0644-008737/2021.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Secretario de Arquitectura de
este Ministerio, propicia se disponga la incorporación en el Plan de Inver-
sión de Obras Públicas para el Ejercicio Presupuestario Año 2021, de las
obras nominadas en autos, en el marco del artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los nes de incorporar en el referi-
do Plan, las obras que se describen en las notas incorporadas en autos,
atento que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año 2021
no fueron individualizadas, en razón de haber surgido la necesidad de su
ejecución con posterioridad a la fecha de elaboración del anteproyecto del
Plan de Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio presupues-
tario, solicitando además que las obras de que se trata sean afectadas
presupuestariamente en forma total en el corriente año, en razón del plazo
de ejecución.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio ex-
presa que las obras solicitadas deberán ser individualizadas en el Plan de
Obras del Ejercicio Presupuestario - Año 2021, en los “Programas 506/04
y 506/11”, incorporando Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos e in-
formando que los mismos serán compensados con los créditos asignados
a la jurisdicción de este Ministerio. Asimismo, aclara que los programas
presupuestarios involucrados poseen una obra nominada “Obras de Emer-
gencias e Imprevistas sin Discriminar”.
Que obra Dictamen N° 304/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-

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