Resolución Nº 251/GCABA/MJYSGC/15
Firmantes | Montenegro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 7 de Abril de 2015 |
VISTO:
El Expediente Electrónico N° EX-2013-05355175-MGEYA-COMUNA13, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita el Recurso de Reconsideración con
Jerárquico en Subsidio interpuesto por el Sr.Cetkovic Tomas, D.N.I. N° 4.352.941,
contra la Resolución N° 1772/SSEMERG/13, por la cual se le otorgó un subsidio por
inundación por la suma de pesos cinco mil quinientos veintiséis ($ 5.526.-) IVA
incluido, por los daños alegados en el inmueble sito en la calle Jaramillo 2650/52,
presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 2 de abril de
2013;
Que mediante Resolución N° 698/SSEMERG/14, se desestimó el recurso de
Reconsideración incoado, quedando pendiente la tramitación del Recurso Jerárquico
en Subsidio;
Que la normativa aplicable para las inundaciones acaecidas los días 1 y 2 de abril del
2013, es la establecida en el DNU N° 1/13 ratificada por Resolución N° 32/LCABA/13,
la Ley N° 4505, el Decreto N° 117/13, la Resolución N° 609/SSEMERG/13 y normativa
complementaria;
Que mediante cédula, el 04 de marzo de 2015, se notificó al administrado sobre los
términos del artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la
Ciudad, sin que el interesado cumplido el plazo establecido a tal efecto se haya
presentado en uso de su facultad;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso incoado conforme los
artículos 108 y 109 del mismo plexo normativo;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante
Informe N° IF-2015-05011536- DGAPA, señaló que el subsidio tiene carácter paliativo
y la evaluación y determinación de su monto se realiza en función del daño material
efectivamente verificado por los organismos técnicos, como así también del grado de
vulnerabilidad social que no permita soslayar de manera urgente dichos daños
materiales, a través del...
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