Resolución Nº 238/07 de 25 de Abril de 2007

La Plata, 25 de abril de 2007.

POR 1 DIA - VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el expediente Nº 2429-3146/2006, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones indicadas en el Visto, este Organismo de Control ha solicitado a la COOPERATIVA LIMITADA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DEL SALTO, toda la información correspondiente al periodo comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2005, de la denominada Etapa de Régimen, respecto de la eventual penalización que pudiera corresponder por apartamientos a los límites admisibles de Calidad de Servicio Comercial;

Que la Concesionaria remitió las diferentes constancias con los resultados del período en cuestión;

Que sobre dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo a fs. 48/150 y del informe del auditor obrante a fs. 151/172, el Área Control de Calidad Comercial de la Gerencia de Control de Concesiones sostuvo que: "...Debido al apartamiento de los índices de Calidad Comercial se penaliza el presente periodo por valor de $ 309,48..." (fs. 173/179);

Que vale advertir que el monto arribado, derivado de lo verificado por la auditoría, resultó coincidente con la suma de penalización alcanzada por la precitada Cooperativa;

Que conforme ya lo ha sostenido este Organismo de Control en casos análogos la situación descripta, respecto a los aludidos montos de penalización, es conteste entre lo informado por la Cooperativa y lo auditado por la Gerencia de Control de...

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