Resolución N° 249/MHFGC/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición19 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 249/MHFGC/22
Buenos Aires, 14 de enero de 2022
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº 6347 y sus modificatorias
posteriores), su Decreto Reglamentario Nº 74/2021, el Decreto Nº 326/17, la
Resolución Nº 2535/MEFGC/2018 y la Resolución Rectificatoria N° 385/MEFGC/2019
y el Expediente Electrónico Nº 21.475.008-MGEYA-DGUIAF/18, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el Visto tramitan las Adendas al Contrato de
Locación Administrativa del inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre números
setecientos uno y setecientos veintisiete esquina calle Maipú número ciento dieciséis,
2° piso, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 14, Sección 1, Manzana 10a, Parcela
20d (FRE 14-4182), de esta Ciudad, registrado por la Dirección General Escribanía
General, bajo el N° 6432479, celebrado oportunamente con la señora Viviana Elisabet
Tammone y el señor Guillermo Alejandro Elgart, como Administrador Provisorio de la
sucesión de la señora Silvia Tammone, integrantes del Condominio “Silvia E.
Tammone y Otra”, (C.U.I.T Nº 30-71181902-5), con destino a ser ocupado por oficinas
operativas de la Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera y
Contrataciones, dependiente de este Ministerio;
Que por Resolución Nº 2535/MEFGC/2018 y la Resolución Rectificatoria N°
385/MEFGC/2019, se aprobó la Contratación Directa para la locación administrativa de
dicho inmueble, quedando supeditado el canon locativo del segundo y tercer año a
nuevo acuerdo entre las partes y a la nueva tasación que, en su oportunidad,
efectuara el Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante Acta de Rescisión de fecha 18 de noviembre de 2021, registrada por la
Dirección General Escribanía General bajo el Nº 36475903 RL 2021, las partes
acordaron rescindir anticipadamente el Contrato de Locación a partir del día 1º de abril
de 2021;
Que, en consecuencia, corresponde establecer el valor del canon locativo mensual
correspondiente al segundo año de vigencia de la locación, así como también fijar el
correspondiente a los meses comprendidos en el tercer año de vigencia de la locación
hasta el día 31 de marzo de 2021;
Que la Dirección General Unidad Informática de Administración Financiera, en virtud
de lo prescripto por la cláusula 4ta del citado contrato, solicitó al Banco Ciudad de
Buenos Aires la tasación respectiva, la cual asciende a la suma de pesos
cuatrocientos treinta mil ($430.000) mensuales para la locación que nos ocupa.
Que, corrido el traslado de dicha tasación a la locadora y habiéndose consensuado
con la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Nº
2535/MEFGC/2018 y la Resolución Rectificatoria N° 385/MEFGC/2019, el canon
locativo para el segundo año de la locación será de pesos doscientos veinte mil ($
220.000) mensuales, y para los meses comprendidos en el tercer año de vigencia de
la locación hasta el día 31 de marzo de 2021, será de pesos doscientos noventa mil
($290.000) mensuales;
Que en atención a las previsiones del artículo 3º del Decreto Nº 74/21, en cuanto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6300 - 19/01/2022

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