Resolución N° 248/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 248/CDNNYA/19
Buenos Aires, 7 de marzo de 2019
VISTO:
Las Leyes Nros. 114 y 471 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el Decreto N°
1.550/GCABA/2008, la Resolución N° 196/CDNNyA/2018, el Expediente Electrónico
N° 02.880.833/MGEyA-DGPDES/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante el Decreto 1.550/GCABA/2008, el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma
excepcional la ausencia sin goce de haberes de los agentes comprendidos en la Ley
N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), estableciendo que el período por el cual
se autoriza la ausencia no podrá exceder de un (1) año, renovable por un período
similar;
Que por el Expediente Electrónico Nº 02.880.833/MGEyA-DGPDES/2018 tramitó la
Resolución N° 196/CDNNyA/2018, mediante la cual se otorgó licencia extraordinaria
sin goce de haberes al agente Alan Baratti, FC N° 468.814, CUIL N° 20-31697233-1,
quien se desempeña en la Dirección de Políticas Públicas de este organismo, a partir
del 1° de marzo de 2018 y por el término de un (1) año;
Que habiendo transcurrido el plazo mencionado, mediante nota obrante como IF N°
06.192.446/GCABA-CDNNyA/2019, el agente Baratti solicitó la renovación de la
licencia sin goce de haberes en cuestión por el término de un (1) año, atento a la
necesidad de finalizar sus estudios de grado, lo que implica dedicación de tiempo
completo, resultando incompatible con la carga horaria que le demanda su desempeño
en la precitada Dirección;
Que mediante IF N° 07.195.293/GCABA-CDNNyA/2019, la titular del Departamento de
Evaluación de Políticas Públicas, dependiente de la Dirección de Políticas Públicas de
este organismo, informó que la renovación de la licencia solicitada no altera el normal
funcionamiento de las actividades que se desarrollan en el sector;
Que en consecuencia, y conforme lo establecido en el artículo 2.- del Decreto N°
1.550/GCABA/2008, resulta procedente acceder a lo peticionado;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo mediante el cual se prorrogue la licencia sin goce de haberes por
razones personales otorgada al agente Alan Baratti, FC N° 468.814, CUIL N° 20-
31697233-1, quien se desempeña en la Dirección de Políticas Públicas de este
organismo, a partir del 1° de marzo de 2019 y por el término de un (1) año,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5576 - 13/03/2019

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