Resolución Nº 247 de 06 de junio de 2008

La Plata, 06 de junio de 2008.

VISTO los distintos requerimientos formulados por terceros respecto del desarrollo de la competencia de esta Autoridad del Agua otorgada por Ley Nº 12.257, de los requisitos exigidos por el Decreto-Ley Nº 7647/70 y por las Resoluciones A.D.A. Nº 310/03, 04/04, 08/04, 333/06, 705/07 y 35/08; y

CONSIDERANDO:

Que advirtiendo la diversidad de expedientes iniciados por terceros, con la correspondiente caratulación por la Mesa de Entrada de la Autoridad del Agua, presentando un alto porcentaje de incumplimiento en el observancia de las exigencias mínimas requeridas para cada trámite en particular por los Departamentos respectivos;

Que siendo preciso adoptar las medidas necesarias para obtener la celeridad, economía y eficacia de los trámites y velar por el buen orden de las actuaciones;

Que existiendo recaudos comunes a exigir para las distintas actividades desarrolladas por esta Autoridad del Agua, referidas a la adecuada identificación del beneficiario y del inmueble afectado por el servicio o la obra objeto del trámite;

Que resultando preciso contribuir a la unificación de los criterios de presentación de las distintas peticiones formuladas ante este Organismo, a fin de evitar la superposición de solicitudes de...

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