Resolución N° 246 Letra A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición20 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 171
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 1 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
mencionada Localidad, en el marco de la Ley 7057, ad-referendum de au-
toridad competente;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs.70 la inspección actuante informa que realizó una inspección ocu-
lar al Establecimiento y constató la nalización de los trabajos, por lo que
se procede a la confección del Acta de Recepción Provisional y Denitiva;
Que a fs. 72, la Jefatura del Área de Inspecciones y Certicaciones, produ-
ce informe de plazos, informando que el motivo de la mora responde a la
demora en el pago del Certicado Final y que la contratista es una entidad
sin nes de lucro, por lo que deberá justicarse la misma y proceder a la
aprobación del Acta de Recepción Provisional y Denitiva;
Que a fs. 73 se expide División Jurídica mediante Dictamen N° 403/2016,
expresando que atento las constancias de autos, lo dispuesto por la Ley N°
7057 y la remisión que la misma efectúa a la Legislación de Obras Públicas
en su art. 11, las disposiciones de los arts. 51 y 52 c. y c. de la Ley de Obras
Públicas N° 8614, y las facultades conferidas por el Decreto N° 2000/15,
puede el Señor Secretario de Arquitectura de compartir el criterio susten-
tado dictar Resolución justicando la mora sobre la base de lo informado a
fs.72, aprobando el Acta de fs. 67;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°: JUSTIFICAR la mora incurrida en la ejecución de los
trabajos de: “Pintura General en el edicio de la Escuela “JUAN MARIA
GUTIERREZ”, ubicada en Zona Rural Campo Baudillo de la localidad de
Saturnino María Laspiur –Departamento San Justo – Provincia de Córdo-
ba”, y consecuentemente APROBAR el Acta de Recepción Provisional y
Denitiva obrante a fs. 67 suscripta con la contratista de los mismos la IN-
TENDENCIA MUNICIPAL de la mencionada localidad la que a los efectos
pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, conforme
las razones expresadas en considerandos que se dan por reproducidas en
esta instancia.-
ARTICULO 2º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Ocial y PASE al Área de Inspecciones y Certicaciones a sus
efectos.-
FDO. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Anexo: http://goo.gl/sVENvL
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 246
Letra:A
Córdoba, 20 de Julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0007-127100/2016, mediante el cual la entidad civil de-
nominada “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE VILLA PAEZ”,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, soli-
cita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-, 169,174
y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades con-
feridas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CENTRO DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS DE VILLA PAEZ”, con domicilio social en
la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona
Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “CEN-
TRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE VILLA PAEZ”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de veinte
(20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscrip-
ción en el registro pertinente y archívese.
FDO. GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 248
Letra:A
Córdoba, 18 de Agosto de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0007-115784/2014, mediante el cual la entidad civil deno-
minada “CLUB INDEPENDIENTE GENERAL BUSTOS ALTA GRACIA, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-, 169,174
y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades con-
feridas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:

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