Resolución N° 2453/SSGRH/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición20 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 2453/SSGRH/19
Buenos Aires, 28 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por ley N° 6.017), el Expediente Electrónico
Nº 35910592-GCABA-DGALP/19, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 65 inc. c) de la Ley N° 471, la relación de
empleo público se extingue "(...) por encontrarse el trabajador en condiciones de
acceder a cualquier beneficio jubilatorio";
Que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), posee un sistema
mediante el cual puede efectuarse el seguimiento de los tramites jubilatorios iniciados
por los trabajadores en condiciones de jubilarse;
Que en virtud de las constancias obrantes en el actuado citado en el visto y habiendo
tomado conocimiento del otorgamiento por parte de la ANSES de dichos beneficios
jubilatorios, corresponde cesar en su actividad a diversos trabajadores.
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Cesar, a partir del 30 de noviembre de 2019, a los agentes que han
obtenido el beneficio jubilatorio por reunir las condiciones de edad y años de aportes,
tal como se indica en el Anexo (IF 36376955-GCABA-DGALP-2019) el que a todos los
efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones
que se señala, conforme los términos del artículo 65 de la ley N° 471.
Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Liquidación de Haberes arbitrará
las medidas necesarias con relación a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes y a la Gerencia Operativa de Asuntos
Previsionales, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y
Previsionales, la que adoptará las medidas administrativas necesarias a fin de notificar
la presente a los nombrados en el Anexo (IF 36376955-GCABA-DGALP-2019),
debiéndose cumplir para tal fin con las estipulaciones del artículo 60 y ss. de la Ley de
Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido,
archívese. Domeniconi
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5783 - 20/01/2020

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