Resolución Nº 242/GCABA/SSASS/16
Firmantes | Feccia |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud |
Fecha de la disposición | 30 de Mayo de 2016 |
VISTO:
el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, Resolución N° 131-SSASS-
14 y el EE-2016-12.683.055-MGEYA-MSGC, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a la prestación del Servicio de Limpieza General e Integral, en el Centro de Salud
Mental N° 3 "Arturo Ameghino", en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el
Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de Abril 2016, por un monto de PESOS
CIENTO TREINTA Y OCHO MIL ($ 138.000,00), realizado por la firma SERVICIOS DE
LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A. -Ecolimp-;
Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se
aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto
556/10 y su modificatorio Dto. 752/10;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación
obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no
precluidas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del
mencionado acto administrativo;
Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud mediante la NO-2016-07753660-
DGRFISS ampliada por la NO-2016-10659752-DGRFISS, comunicó la modificación
del circuito administrativo para el reconocimiento y pago de los servicios de Limpieza
General Integral, Limpieza Áreas No Concesionadas y Limpieza de Áreas Verdes;
Que con relación a la presentación y su certificación, la misma se encuentra
reconocida y conformada por la citada Dirección General mediante DI-2016-53-
DGRFISS, -Orden 14-, por un total de Pesos Ciento Treinta y Ocho Mil ($ 138.000,00);
Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y
prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e
imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su
continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;
Que el servicio en cuestión registra antecedente en la Licitación Pública N°
758/SIGAF/2011 aprobada por Decreto N° 667/2011 (BOCBA N° 3817 del 22 de
diciembre de 2011) por el término de 2 (dos)...
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