Resolución N° 242

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición24 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 28 de abril de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 78 Primera Sección 5
Resolución N° 13
Córdoba, 27 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0473-056839/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 443/04 sus modificatorios y complementarios, el Poder Ejecutivo
instauró un régimen de retención, percepción y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos.
Que el Artículo 52 del citado Decreto faculta a esta Secretaría para designar o dar de baja los
agentes de retención, percepción y/o recaudación involucrados en el régimen, indicando la fecha
a partir de la cual los sujetos deberán comenzar –o cesarán- en su actuación como tales.
Que a través de la Resolución N° 19/14, sus modificatorias y complementarias, esta Secretaría
reglamentó el citado Decreto nominando los sujetos que deben actuar como agentes de retención,
percepción y recaudación.
Que el referido régimen, prevé un mecanismo de revisión continua tanto de los sujetos alcanzados,
en función de su interés fiscal, capacidad de administración y cumplimiento de los deberes formales
y sustanciales para con el Fisco Provincial, así como del funcionamiento del régimen, en virtud de los
cambios que la realidad económica produce en los sectores involucrados.
Que en tal sentido, a los fines de mantener actualizado el universo de agentes de retención
involucrados en el régimen, se estima conveniente incluir en la nómina de agentes de retención del
Anexo I de la citada Resolución a determinados contribuyentes.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Asesoría Fiscal
en Nota Nº 16/15 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 159/
15,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el ANEXO I de la Resolución Nº 19/14 de esta Secretaría, sus
modificatorias y normas complementarias, según se indica a continuación:
Dar de alta: Agentes de Retención:
N° CUIT Nombre
30-62732882-2 BARALE HNOS S.A.
30-68756927-6 DISTRIBUIDORA JOR GUS S R L
30-68225230-4 MONTECOR S R L
33-63296365-9 QUI-PAR SRL
30-71012826-6 ALICAN SA
30-71027014-3 G.T.P. S.R.L.
30-66350039-9 MASTERFOODS ARGENTINA LTD
30-60487128-6 ROYAL CANIN ARGENTINA SA
30-70963066-7 ALIMENTOS BALANCEADORES S.A.
30-68395012-9 CAROLINA VASQUETTO Y ELIO MARINELLI SH
30-57143824-7 BIOFARMA S A
30-71171365-0 NUTRIFARMS S.R.L.
ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR el ANEXO II- L) Sector Productos Alimenticios de la Resolución Nº
19/14 de esta Secretaría, sus modificatorias y normas complementarias, según se indica a continuación:
Dar de alta:
ANEXO II – L) Sector Productos Alimenticios
CUIT NOMBRE
30-52879454-4 LEONES DE BLEEK S.A. AGROPECUARIA Y COMERCIAL
30-71166333-5 PROMAIZ S.A.
30-71012826-6 ALICAN SA
30-71027014-3 G.T.P. S.R.L.
30-66350039-9 MASTERFOODS ARGENTINA LTD
30-60487128-6 ROYAL CANIN ARGENTINA SA
30-54676404-0 NESTLE ARGENTINA S A
ARTÍCULO 3°.- MODIFICAR el ANEXO II- M) Sector Comercios Mayoristas de la Resolución Nº
19/14 de esta Secretaría, sus modificatorias y normas complementarias, según se indica a continuación:
Dar de alta:
ANEXO II – M) Sector Comercios Mayoristas
CUIT NOMBRE
30-62732882-2 BARALE HNOS S.A.
30-56756483-1 DISTRIBUIDORA DE TABACOS Y AFINES SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
30-68756927-6 DISTRIBUIDORA JOR GUS S R L
30-68225230-4 MONTECOR S R L
33-63296365-9 QUI-PAR SRL
30-70912457-5 RODOLFO MANZANO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LTDA
SECRETARÍA DE
INGRESOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 4°.- MODIFICAR el ANEXO II- N) Sector Tabacaleras de la Resolución Nº 19/14 de
esta Secretaría, sus modificatorias y normas complementarias, según se indica a continuación:
Dar de alta:
ANEXO II – N) Sector Tabacaleras
CUIT NOMBRE
30-62732882-2 BARALE HNOS S.A.
30-56756483-1 DISTRIBUIDORA DE TABACOS Y AFINES SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
30-68756927-6 DISTRIBUIDORA JOR GUS S R L
30-68225230-4 MONTECOR S R L
33-63296365-9 QUI-PAR SRL
30-70912457-5 RODOLFO MANZANO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LTDA
ARTÍCULO 5°.- MODIFICAR el ANEXO II – F) Sector Laboratorios de la Resolución N° 19/14 de
esta Secretaría, sus modificatorias y complementarias, según se indica a continuación:
Dar de baja:
ANEXO II – F) Sector Laboratorios
CUIT NOMBRE
30-54676404-0 NESTLE ARGENTINA S A
ARTÍCULO 6°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial, y las bajas y/o nominaciones como agentes de retención y/o percepción tendrán
efectos conforme se indica a continuación:
a) Los agentes designados en los artículos 1° a 4° de la presente deberán comenzar a actuar
como tales a partir del 1º de Junio de 2015.
b) El agente mencionado en el artículo 5° deberá dejar de actuar como Agente de Percepción
del Sector F) a partir del 1° de Junio de 2015.
ARTÍCULO 7°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. LUIS DOMINGUEZ
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD
Resolución N° 242
Córdoba, 24 de abril de 2015.-
EXPEDIENTE Nº 0045-15329/10.- C.I. Nº
150280 045 415.-
VISTO: Las presentes actuaciones que tratan
de la solicitud de Ampliación de Plazo en la
ejecución de la Obra “Pavimentación Ruta Pro-
vincial S-358 – Tramo: La Palestina – Ruta Pro-
vincial Nº 6 – Departamento: San Martín”, a cargo
de la Empresa “A.PE.S.A.”.
Y CONSIDERANDO:
Que la mencionada contratista de la obra de la
referencia, mediante Nota de Pedido Nº 16, solicita
ampliación de plazo por un término total de
NOVENTA (90) días, fijándose como nueva fecha
prevista de finalización de los trabajos el día 16
de Junio de 2015, como así también presenta
nuevo Plan de Trabajos e Inversiones.
Que el Departamento I Conservación de
Pavimentos, en informe obrante en autos, señala
las razones por las que procede la ampliación
de que se trata, elevándola para su aprobación
por el plazo de NOVENTA (90) días, fijándose
como nueva fecha de terminación de Obra el día
16 de Junio de 2015. Así también, el
Departamento técnico propicia la aprobación del
Plan de Trabajos e Inversiones presentado por
la Contratista.
Que la Contratista renuncia expresamente al
reclamo de los gatos directos, indirectos y/o
derivados, de la tramitación y aprobación del
mayor plazo solicitado.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en
Dictamen N° 182/15 que luce en autos, señala
que de conformidad a lo expresado
precedentemente, lo manifestado por el
Departamento técnico y la documentación que
se acompaña, no tiene objeción que formular,
por lo que de así estimarlo esa Superioridad, en
atención a lo prescripto por la Ley Nº 8614,
Decreto Nº 4758 y las facultades conferidas por
la Ley Nº 8555, artículo 5 inc. a), se encuentra
habilitada a prestar aprobación a lo solicitado,
fijando como fecha de finalización de obra el 16
de Junio de 2015, todo con noticia a la A.C.I.F. –
S.E.M.
POR ELLO,atento a los informes producidos, lo
dictaminado por el Departamento II Asesoría
Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Pro-
vincial N° 8555 y lo dispuesto por la Ley Nº
8614;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar una ampliación de plazo de
NOVENTA (90) días en la ejecución de la Obra
“Pavimentación Ruta Provincial S-358 – Tramo:
La Palestina – Ruta Provincial Nº 6 –
Departamento: San Martín”, a cargo de la Firma
“A.PE.S.A.”, llevando la fecha de finalización de
los trabajos al día 16 de Junio de 2015.-
Art. 2°.- Aprobar el nuevo Plan de Trabajos e

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