Resolución N° 242 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorAdministración Provincial del Seguro de Salud
Fecha de la disposición19 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 145
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 27 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
mil once, cabe ahora añadir la reciente reforma de la Ley N° 4.915 de
amparo provincial, mediante la incorporación del nominado artículo 4 bis
que asigna competencia para conocer de la acción de amparo interpuesta
en contra de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de la Provincia
de Córdoba, sus entidades autárquicas o descentralizadas, empresas del
Estado, Sociedades del Estado y Sociedades de Economía Mixta, en la
Capital de la Provincia, a la Cámara en lo Contencioso Administrativo que
esté de turno.
Que ello ocasiona que los integrantes de las mencionadas cámaras con-
tencioso administrativas se vean impedidos de integrar el Tribunal Superior
de Justicia cuando se trate de causas en las que hubieren intervenido en
su función natural, lo que reduce las posibilidades de sustitución o integra-
ción del Alto Cuerpo por la vía señalada.
Que las razones de rápida tramitación y resolución de las causas impues-
tas a este Tribunal, invocadas en oportunidad del dictado del Acuerdo
mencionado, se mantienen y adquieren especial relieve en años como el
corriente en que se desarrollan procesos electorales.
Por lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 166 inc.
2 de la Constitución provincial, y arts. 11 y 12 inc. 10 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial N° 8.435,
SE RESUELVE: Artículo 1°.- MODIFICAR el Artículo Primero del Acuerdo
Reglamentario N° 721 - Serie “A” de fecha 30 de julio de 2004, el que que-
dará redactado de la siguiente manera: “INTEGRAR el Tribunal Superior de
Justicia a los nes de su actuación plenaria en la tramitación y resolución
de las causas previstas en el art. 165 de la Constitución Provincial y las
indicadas en el Acuerdo Reglamentario N° 612 - Serie “A de fecha 30 de
julio de 2001, y toda otra cuestión jurisdiccional que requiera su actuación
en pleno, en número que resulte necesario, con los señores Vocales de
Cámara de esta Ciudad, conforme al Anexo único que se adjunta y forma
parte del presente Acuerdo.
Artículo 2°.- PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia. Comu-
níquese a la Fiscalía General de la Provincia, Federación de Colegios de
Abogados de la Provincia de Córdoba, a los distintos Colegios de Aboga-
dos, a los señores Magistrados aludidos.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del
Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-
FDO: DRA. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / DR. DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL
/ DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL / DRA. MARIA MARTA CACERES DE BO-
LLATI, VOCAL / LIC. RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ANEXO: https://goo.gl/zpyZtd
ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
APROSS
Resolución N° 242
Córdoba, 19 de julio de 2017.
VISTO: La Resolución N° 0188/2015 de la Administración Provincial del
Seguro de Salud (APROSS), mediante la cual se dispuso el llamado a
concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del artí-
culo 14° de la Ley 9361, punto I) para cubrir trece (13) cargos vacantes
del Agrupamiento Administrativo para las Delegaciones del Interior; quince
(15) cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo y dos (2) cargos va-
cantes del Agrupamiento Ocios para Capital de la citada Jurisdicción de
la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo previsto en el Artículo 16 de la Ley N° 9361,
mediante Resolución N° 0079/2015, se constituyó la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción, encargada de determinar el Cronograma del pro-
ceso concursal, el que fue publicado en la Página web Ocial del Gobierno
Provincial. Asimismo, mediante Resolución N° 0206/2015, fueron designa-
dos los integrantes de los Tribunales de Concurso N° 1 y N° 2, corres-
pondientes a cada cargo a concursar dándose la debida publicidad a su
conformación por cargo y jurisdicción en la página web Ocial de Gobierno.
Que conforme al cronograma establecido, se recepcionaron las ins-
cripciones de los postulantes desde el día 27 de julio hasta el día 2 de
agosto de 2015.
Que los días 4 al 6 de agosto de 2015 se previó conforme lo estableció
el Cronograma respectivo, la presentación de las excusaciones y recusa-
ciones de los miembros de los Tribunales del Concurso, las cuales en su
caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción.
Que en su mérito, se publicó en la página web ocial la mencionada
conformación denitiva de los Tribunales de Concurso y la fecha de la prue-
ba de oposición, prevista para el 22 de agosto de 2015, así como la prueba
de informática en los casos procedentes.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del Ministerio
de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba
puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las ju-
risdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia de
los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron y estuvieron
presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de
Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el
proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de
dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes
inscriptos y acreditados en aquellas, culminando la etapa evaluativa con la
confección del Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en la página
web ocial con fecha 24 de setiembre de 2015.
Que durante los días 29 de setiembre y el 01 de octubre de 2015 trans-
currió el período para vista de antecedentes y presentación de observacio-
nes, así como las renuncias al citado orden de méritos.
Que el Tribunal del Concurso receptó, consideró y respondió, cuando
las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos
efectuados por los concursantes, en los términos del Artículo 78 de la Ley
5350 (T.O por Ley 6658), tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Deni-
tivo, que fue publicado en la Página Web Ocial.
Que dicho Orden de Mérito Denitivo, habiendo superado las puntua-
ciones exigidas por la ley para acceder a los cargos designados a tal n,
corresponde a los agentes nominados en el Anexo Único conformado por
el Área de Recursos Humanos y que en una foja útil forma parte integrante
de la presente Resolución.
Que resulta necesario encomendar a la Jefatura de Área de Recursos
Humanos de la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS),
de corresponder, vericar el efectivo cumplimiento de los requisitos esta-
blecidos por los Artículos 12° y 13° de la Ley N° 7233 para el ingreso de

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