Resolución N° 2410/MSGC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 2410/MSGC/21
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (t.c. Ley N°
6.347), y el Expediente Electrónico 2021-8851826-GCABA-HGAIP; y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la presentación formulada por la agente
Débora Karina Morales, CUIL N° 27-25815406-7, mediante la cual solicitó se le
otorgue la licencia especial prevista en el Artículo 3° de la Resolución n° 207-APN-MT-
2020 modificada por Resolución n° 60-APN-MT-2021, debido a que su hijo cumple una
jornada escolar reducida;
Que habiendo tomado intervención la Dirección General de Empleo Público recordó el
reconocimiento de un régimen de gobierno autónomo con facultades propias de
legislación y jurisdicción otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 (t.c. Ley N° 6.347) regula las Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, que en su artículo 1° establece
las fuentes de regulación de las relaciones de empleo público de los trabajadores del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 125-GCABA-2021, modificatorio del Decreto N° 147-
GCABA-2020, estableció que esta Cartera Ministerial, entre otras, por a través de las
autoridades superiores con rango no inferior a Director/a General o equivalente, se
encuentran facultadas, de forma excepcional y durante la vigencia de la suspensión de
clases dispuesta por la autoridad competente, a autorizar – a solicitud del trabajador
la justificación de las inasistencias al lugar de trabajo de los progenitores o tutores a
cargo de menores hasta catorce (14) años de edad, o hijo/a con discapacidad, que
concurran a dichas establecimientos educativos, mediante la debida certificación de
tales circunstancias, sin perjuicio del cumplimiento de sus tareas conforme se
establezca en la repartición;
Que dicha justificación fue otorgada sólo a uno de los progenitores para el supuesto
que ambos trabajen en el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires, de la Provincia
de Buenos Aires y/o Nacional;
Que dicha medida no es aplicable al personal comprendido en las áreas consignadas
en el Artículo 1° del Decreto N°125-GCABA-2021, modificatorio del Decreto N° 147-
GCABA-2020;
Que la Dirección General de Empleo Público advirtió que la peticionante pertenece a
una de las áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la
pandemia COVID-19 Ministerio de Salud -, y la justificación de inasistencia
establecida en el Artículo 6° del Decreto aludido, no es aplicable al personal que
pertenezca a las mismas;
Que en el ámbito de esta Administración, la situación de la presentante no encuadra
en la normativa aplicable a fin de solicitar una licencia que justifique la inasistencia a
prestar servicios;
Que mediante el IF-2021-17422199-GCABA-DGEMPP, señaló que la Resolución
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6217 - 17/09/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR