RESOLUCIÓN Nº 240

Fecha21 Abril 2021
Número de registro33106
EmisorMINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA SERVICIOS PÚBLICOS Y HÁBITAT

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

07 ABR 2021

VISTO:

El expediente N° 16201-0985584-V del Registro del Sistema de información de Expedientes, relacionado con la convocatoria a Audiencia Pública para el tratamiento y consideración del reajuste tarifario; y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, dentro del marco del Artículo 6º inc. q) de la Ley Nº 10.014, ha elevado a consideración de la Sra. Ministra una solicitud de adecuación en el cuadro tarifario en el sector de energía eléctrica;

Que mediante Decreto Nº 3209 de fecha 21 de Octubre de 2016, se aprobó el “Régimen de Audiencias Públicas para el Sector de la Energía Eléctrica”, instituyéndose como autoridad de aplicación del mismo a la Secretaria de Estado de Energía;

Que por Decreto N° 0273 de fecha 05 de abril de 2021, se modificó el Artículo 1° del Decreto N° 3209/2016 y los artículos 4, 7° y 10° del Anexo Único del mencionado cuerpo normativo, siendo el Ministerio del Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat la autoridad de aplicación;

Que la titular de la cartera convocará a Audiencia Pública, delegando en el Sr. Secretario de Empresas y Servicios Públicos el proceso de Audiencia Pública, su aprobación y disposiciones que correspondan para su puesta en vigor; ello conforme el artículo 3° de la Ley N° 13920 y las facultades previstas en el artículo 15° inc) 17 del mismo cuerpo legal;

Que a los fines de que se mantengan las medidas de distanciamiento preventivo y obligatorio dictadas con motivo de la pandemia COVID 19, deberá convocarse y realizarse una Audiencia Pública, mediante la modalidad virtual, conforme al procedimiento reglado en el Anexo I de la presente Resolución;

Que han tomado intervención todas las áreas competentes de la jurisdicción, no oponiendo objeciones a la presente gestión;

Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción mediante Dictamen Nº 021431/2021;

Que la presente gestión encuadra en el artículo 3° de la Ley N° 13920 y las facultades previstas en el artículo 15° inc) 17;

POR ELLO,

LA MINISTRA DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Convóquese a Audiencia Pública con el objeto de escuchar y recabar las opiniones de los interesados sobre la solicitud de adecuación en el cuadro tarifario efectuada por la empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, a realizarse el día 23 de Abril de 2021 a partir de las 9:00 horas, en forma virtual, a través de videoconferencia por medio de la plataforma Google Meet, para quienes se inscriban como oradores, la que será accesible mediante el link que se comunicará al mail declarado en el registro de inscripción establecido en el Anexo I del la presente resolución.

Para aquellos inscriptos como participantes la misma contará con retransmisión simultánea del contenido on line, vía streaming por medio de un canal de acceso público.

ARTÍCULO 2°: Deléguese en el Sr. Secretario de Empresas y Servicios Públicos el proceso de Audiencia Pública y las disposiciones que correspondan para su puesta en vigor.

ARTÍCULO 3°: Convóquese a la Empresa Provincial de la Energía a participar de la Audiencia Pública por medio de su representante legal y/o colaboradores, exponiendo los fundamentos técnicos, económicos, financieros y jurídicos de la solicitud efectuada.

ARTÍCULO 4°: Apruébense las Normas de Procedimiento de la Audiencia Pública a celebrarse de acuerdo al Artículo 1º, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°: Desígnese como Presidente titular de la Audiencia Pública al Ing. Carlos Maina., y como alterno al CPN Héctor Bertero.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL SECTOR DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA

Artículo 1°: PARTICIPANTES:

Podrá participar en la audiencia pública convocada por la Sra. Ministra de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, y presidida por el Sr. Secretario de Empresas y Servicios Públicos del Ministerio de Infraestructura, toda persona humana o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo, difuso o de incidencia colectiva, interés legítimo o simple relacionado con la temática.

Las personas humanas participarán en forma personal y las personas jurídicas lo harán por medio de sus representantes, acreditando personería mediante el instrumento legal correspondiente en original o copia debidamente justificada, admitiéndose la intervención de un solo orador en su nombre.

Modalidad Virtual: Transitoriamente y en tanto se mantengan las medidas de distanciamiento preventivo y obligatorio dictadas con motivo de la pandemia COVID 19. La participación en la Audiencia será exclusivamente de manera virtual o remota a través del link hipervínculo publicado en la página web del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, que estará disponible el día de apertura de las Inscripciones.

Artículo 2°: REGISTRO DE PARTICIPANTES Y DE ORADORES:

Registro: Los interesados en participar en la audiencia pública, deberán inscribirse en forma obligatoria en el Registro habilitado a tal fin en la página del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat de la Provincia de Santa Fe (http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/93822). El mismo se habilitará siete (7) días antes de la fecha de celebración de la audiencia pública y hasta cuarenta y ocho (48) horas previas de la realización de aquella y la inscripción en el mismo será libre y gratuita.

Al momento de su inscripción, los interesados deberán indicar si su inscripción es...

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