Resolución N° 239 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Agosto de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 149
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Finanzas-, Programa: 150-001, conforme al siguiente detalle: por el periodo
setiembre-diciembre de 2018, $ 4.930.-, a la Partida: 3.04.05.00 “Comisio-
nes y Gastos Bancarios”; $ 1.014.642,72.-, a la Partida: 3.05.99.00 “Otros
Servicios Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C.” del P.V. y por el per io-
do enero-febrero 2019, $ 509.786,46.- como importe futuro.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, notifíquese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL TESORERÍA Y CRÉDITO
PÚBLICO
Resolución N° 30
Córdoba, 06 de agosto de 2018
VISTO: La necesidad de redeterminar la responsabilidad de los organis-
mos administrativos que deben rendir cuentas del pago de los Documentos
Únicos de Ejecución de Erogaciones (DUEE), y descentralizar las tareas y
funciones en relación a los pagos.
Y CONSIDERANDO:
Que atento a que los Servicios Administrativos son quienes disponen
el cargo de cada Ordenado a Pagar en el Documento Único de Ejecución
de Erogaciones (DUEE)
Que es necesario rediseñar del esquema de responsabilidad de los
organismos administrativos en relación a quién debe rendir cuenta de los
pagos emitidos por la Administración Pública, a los nes de generar mayor
dinamismo en el pago de acreencias.
Que esas modicaciones, para su completa regularización, deben es-
tar contenidas en el Anexo A de la Resolución 002/14 de la Secretaría de
Administración Financiera.
Que ello hace necesario modicar el citado Anexo.
Que esta Dirección General de Tesorería y Crédito Público es el órgano
rector del Subsistema de Tesorería, conforme al art. 70 de la Ley 9086.
Que, en tal carácter, puede introducir las modicaciones que resulten
pertinentes en el compendio de normas aprobado por Resolución 002/14
de la Secretaría de Administración Financiera.
Por ello, atento a los artículos 70 de la Ley 9086 y 6 de la Resolución
002/14 de la Secretaría de Administración Financiera,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
I) MODIFICAR el Artículo 62 del Anexo A de la Resolución 002/17 de
la Secretaría de Administración Financiera, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
ARTÍCULO 62°- DE LA EMISIÓN DEL D.U.E.E. FINANCIADO CON
RENTAS GENERALES (Texto según Res. N° 01/16 DGTyCP – B.O.
29/01/16)
Al ordenar pagos, cualquiera sea su fuente de nanciamiento, los Ser-
vicios Administrativos dispondrán el cargo de cada Documento Único
de Ejecución de Erogaciones (DUEE) con intervención ordenado a
pagar sea al propio Servicio Administrativo que lo emite.
Sólo en casos excepcionales, puede disponerse que el cargo sea de
la Tesorería General de la Provincia, según su criterio, y mediante una
Resolución del Tesorero General.
Serán con cargo a Procuración del Tesoro, Fiscalía de Estado, Direc-
ción General de Rentas, Banco de Córdoba, Empresa Provincial de
Energía de Córdoba, Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de
Córdoba, y demás entes de la Administración Descentralizada, en los
casos de libramientos de fondos para atender sentencias rmes y/o,
arreglos judiciales o extrajudiciales debidamente autorizados por el
Poder Ejecutivo.
II) DEROGAR los artículos 63, 64 y 65 del Anexo A de la Resolución
004/14 de la Secretaría de Administración Financiera.
III) La presente norma regirá a partir del día 01 de septiembre de 2018.
IV) PROTOCOLICESE, comuníquese a la Contaduría General de la
Provincia y al Trbunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese. FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC.
GRAL. DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
FINANCIAMIENTO
Resolución N° 254
Córdoba, 07 de agosto de 2018
VISTO: El Convenio Nº 16/2018, raticado por Ley Nº 10.546, celebrado
entre la Provincia de Córdoba y las entidades representativas de los sec-
tores productivos rurales denominadas “Mesa de Enlace” cuyo objeto es
establecer las bases para la creación de un “Programa de Pavimentación
de Caminos Rurales de las Redes Secundaria y Terciaria de la Provincia” y
la creación del CONSORCIO CAMINERO ÚNICO con ámbito de actuación
en toda la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 250 de fecha 2 de agosto de
2018, se dispuso la creación de la Unidad Ejecutora para la Reglamenta-
ción y Gestión del Consorcio Caminero Único que se regirá en su funciona-
miento conforme lo establecido por el artículo 4º de la misma y las normas
reglamentarias que se dicten, cuyo objetivo es coordinar las acciones que
resultaren necesarias para la ejecución de los trabajos de pavimentación

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