Resolución Nº 238/GCABA/ASINF/14

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014

VISTO:

La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario N°

95/GCABA/14, la Resolución N° 162/ASINF/14, el Expediente Electrónico N°

03147130-MGEYA-ASINF-2.013, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente indicado en el visto tramitó la contratación directa de la locación

administrativa del inmueble sito en la calle Bernardo de Irigoyen 272, Pisos 1°, 2°, 3°,

4°, 5, 6° y Subsuelo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Nomenclatura

Catastral: Circunscripción XIII, Sección 15, Manzana 20, Parcela 2), con destino a

oficinas administrativas para la Agencia de Sistemas de Información (ASI);

Que por Resolución N° 162/ASINF/13 se autorizó y aprobó la Contratación Directa N°

9.061/SIGAF/2013, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 28, apartados 4

y 8 de la Ley N° 2.095, por la Locación Administrativa del inmueble indicado ut-supra,

con destino a oficinas administrativas de la Dirección General Técnica, Administrativa

y Legal, de Gobierno Electrónico y de Integración de Sistemas, durante treinta y seis

(36) meses computados a partir del 1° de septiembre de 2013 y por la suma mensual

de pesos ciento veinticinco mil con 00/100 ($125.000,00) a celebrarse con Torres del

Libertador S.A. - propietaria del inmueble -, conforme a los términos del Contrato de

Locación Administrativa, que como Anexo II se adjuntó y formó parte integrante del

acto administrativo;

Que en efecto, la cláusula cuarta del contrato de locación administrativa reza que "El

precio establecido precedentemente sólo será aplicable al primer año de locación.

Para el segundo y tercer año de vigencia del contrato, EL LOCATARIO deberá requerir

la pertinente tasación al Banco Ciudad de Buenos Aires, o a quien corresponda según

la normativa vigente al momento de ser solicitada la valuación, a efectos de establecer

el nuevo precio del contrato, el que estará sujeto a las previsiones dispuestas por el

Decreto N° 33/GCABA/11, artículo 28, inciso 8";

Que por Decreto 386/GCABA/11 se derogó el inciso 8 del artículo 28 del Dto.

754/GCABA/08 y su modificatorio Dto. N° 33/GCABA/11;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR