Resolución N 825/GCABA/MDUGC/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano |
Fecha de la disposición | 30 de Diciembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
RESOLUCIÓN N 825/GCABA/MDUGC/10SE DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA N° 30182 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 825/MDUGC/10.
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010
VISTO:
la Ordenanza N° 41.815, la Ley N° 1.218, el Decreto N° 2.075/GCBA/07, el Decreto N° 508/GCBA/10, y el Expediente N° 904062/2010 e incorp., y
CONSIDERANDO:
Que según surge de la información suministrada por la empresa concesionaria SACTA S.A., administradora del Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la licencia N° 30.182 expedida a favor del señor Juan Carlos Gómez, titular del DNI N° 4.542.351, con vehículo afectado dominio CFA 478, para la prestación del servicio de taxímetro, se encuentra suspendida por falta de renovación, registrando vencimiento de la habilitación en fecha 22 de noviembre de 2001;
Que en tal sentido, se intimó al licenciatario, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles administrativos regularice la situación de su licencia procediendo a su renovación, bajo apercibimiento de disponer la baja de la habilitación, conforme lo establecido en el artículo 44 de la Ordenanza N° 41.815;
Que la Ordenanza N° 41.815, que regula el funcionamiento y control del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, en su artículo 6° dispone que "…La vigencia de la licencia de Taxi, para cada vehículo afectado al Servicio, será de un (1) año...";
Que asimismo, el artículo 44 de dicho cuerpo normativo establece que: "De los plazos vencidos: En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar al titular en el domicilio denunciado por el mismo, con notificación fehaciente de que tendrá un plazo de treinta (30) días para regularizar la situación caso contrario se procederá a la baja de la habilitación.
En el caso de no poder ser notificado en el domicilio denunciado, no haber dado cambio de domicilio, o ser desconocido, la repartición interviniente podrá determinar la baja de la habilitación, previa publicación en el Boletín Municipal de la medida a...
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