Resolución N 645/GCABA/SSPLAN/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 645/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN TOTORAL 926/28/30

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2010

RESOLUCIÓN N.° 645/SSPLAN/10.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 36256/2007 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Totoral N° 926/28/30, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a "Vivienda Multifamiliar y Local Comercial";

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 62,40m2 de los cuales 14,00m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Guarda Coches; PE: Baulera), en tanto que 48,40m2 en forma no reglamentaria (PB: Patio Cubierto y Lavadero; PA: Dormitorio, Cocina y Lavadero), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 49) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 61 a 66), con destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;

Que obra a fojas 14/15 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512 de propiedad horizontal; según consta a fojas 11;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de Primera Clase", todos del Código de la Edificación y el Art. 4.1.3.3 "Prohibiciones relativas a las áreas descubiertas" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 26 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs...

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