Resolución Nº 237/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley Nacional N° 24.557, el Decreto N° 491/PEN/97, la Ley N° 5.688, el Decreto N°
989/2009, las Resoluciones Nros. 131/MJYSGC/2017, 25/ISSP/2017, 47/ISSP/2017,
52/ISSP/2017 y el Expediente N° 6032392/SGISSP/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema Integral
de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al
Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema y crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente autárquico y descentralizado
en la órbita del Ministerio del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad y tiene la
misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la
Policía de la Ciudad;
Que la citada norma determina en su Artículo N° 151 "Los aspirantes a Oficial de la
Policía de la Ciudad se denominan Cadetes. Deben cursar y aprobar el curso de
formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública. Los cadetes no
tienen estado policial durante su formación inicial y son becarios.";
Que por Decreto N° 989/09 se determinó a partir del 1° de octubre de 2009, el valor de
la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de capacitación para
la seguridad pública, en la suma de pesos un mil ($ 1.000,00) y se delegó en el
Ministerio de Justicia y Seguridad la facultad de actualizar el valor de la beca, cuando
ello resulte necesario;
Que, por Resolución N° 131/MJYSGC/2017 se fijó a partir del 1° de enero de 2017 el
valor de la beca mensual a otorgar a los estudiantes que realicen el curso de
capacitación para la seguridad pública previsto en el Artículos 151 de la Ley N° 5.688,
en la suma de pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500);
Que, por otra parte, la Ley N° 5688 define en sus Artículos 128 y 130 los requisitos e
impedimentos para desempeñarse como miembro de la Policía de la Ciudad,
respectivamente;
Que, en dicho marco legal, se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de
los aspirantes a formar parte de la Policía de la Ciudad, habiéndose efectuado un
pormenorizado análisis de los...
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