Resolución N° 237

EmisorMinisterio de infraestructura
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 227 CÓRDOBA, 30 de diciembre de 201420
para el pago del Impuesto de Sellos en las inscripciones de Dominio de Automotores Cero kilometro.
QUE la Ley Impositiva Anual N° 10.250 modificó las alícuotas para la anualidad 2015.
QUE por la mencionada Resolución General se aprobó el Instructivo confeccionado para los
Responsables de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios
explicitando cómo deben operar en las Inscripciones de Dominio de Automotores Cero Kilometro,
de manera de facilitar su correcta aplicación.
QUE en virtud de los cambios introducidos por la ley impositiva para la anualidad 2015 resulta
necesario aprobar el nuevo instructivo.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 17 y 19° del Código Tributario,
Ley Nº 6006 - T.O. 2012 y modificatorias,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Instructivo para transferencias a efectuarse en la anualidad 2015,
destinado a los Señores Encargados de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y
Créditos Prendarios que se anexa a la presente, correspondiendo aplicar la Resolución General N°
1955/2013 para las transferencias efectivizadas en años anteriores.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01 de Enero de 2015.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, PASE a
conocimiento de todos los sectores pertinentes y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
ANEXO
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MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 236 Córdoba, 20 de Octubre de 2014
Expediente N° 0045-013973/07/A38
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente de este Ministerio, propicia por Resolución
Nº 00630/14, la aprobación del Acta Acuerdo de la décima
segunda, décima tercera, decima cuarta y decima quinta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente a los meses de diciembre de 2013,
febrero, abril y mayo de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar
en la obra: “COBERTURA ZONA 5B – CONSERVACIÓN
MEJORATIVA EN CAMINOS PAVIMENTADOS DEL NOROESTE
Y TRASLASIERRA – DEPARTAMENTOS: CRUZ DEL EJE –
MINAS – POCHO – SAN ALBERTO Y SAN JAVIER”, suscripta
con fecha 26 de agosto de 2014, entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad y el Representante de la Empresa AFEMA
S.A. contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2062 del 30 de diciembre de 2008 se
adjudicó la citada obra a la Empresa AFEMA S.A.
Que por Decreto N° 1491 de fecha 20 de septiembre de 2011
se aprueba la Modificación de Obra N° 1 por la suma de $
8.468.140,92 a valores de oferta, Addenda firmada con fecha 30
de noviembre de 2011.
Que por Resolución Ministerial N° 070 de fecha 20 de agosto
de 2009 se dispuso la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación de
Costos de la obra, correspondiente al mes de octubre/2009 por
la suma de $ 764.834,72 habiéndose reconocido por la variación
de la alícuota de Ingresos Brutos la suma de $ 730.415,88 y $
82.982,01 correspondiente a primera y segunda
Redeterminación, firmándose la Addenda correspondiente el 4
de noviembre de 2010.
Que por Decreto N° 1665/12 se aprueba el Acta Acuerdo de la
tercera, cuarta, quinta y sexta Redeterminación de Precios y el
Reconocimiento por la Variación de la alícuota de IIBB.
Que por Resoluciones Ministeriales Nros. 130/13 y 18/14 se
aprueban la séptima, octava, novena, decima y decima primera
Redeterminación de Precios y el reconocimiento por la variación
de la alícuota de IIBB.
Que mediante Notas Nros.: 847679045913 del 16/12/13;
068840045714 del 21/02/14; 233091045214 del 28/04/14;
317362045914 del 30/05/14 y 413941045214 del 01/07/14, la
contratista solicita la Redeterminación de Precios por
Reconocimiento de Variación de Costos del contrato por la parte
faltante de ejecutar.
Que estas redeterminaciones producen Fri para los meses de
diciembre/2013 del 2,7094; febrero/2014 del 2,9378; abril/2014
del 3,1912 y mayo/2014 del 3,4263.
Que al momento de la decima segunda, decimo tercera, decimo
cuarta y decima quinta redeterminación de precios se ha ejecutado
un 82,35% de la obra original y Modificación de Obra N° 1
(Certificado N° 28 correspondiente al 30/11/13); un 85,35% de
la obra original y Modificación de Obra N° 1 (Certificado N° 30
correspondiente al 31/01/14); un 85,45% de la obra original y
Modificación de Obra N° 1 (Certificado N° 32 correspondiente al
31/03/14) y 85,81 % de la obra original y Modificación de Obra
N° 1 (Certificado N° 33 correspondiente al 30/04/14),
respectivamente.
Que la decima segunda redeterminación de precio, produce un
monto de obra faltante de ejecutar redeterminado a diciembre/13
de $ 16.548.613,16, implicando un incremento sobre el precio
del contrato de $ 1.289.032,44, mientras que la decima
tercera redeterminación de precio produce un monto de obra
faltante de ejecutar redeterminado a febrero/14 de $
14.847.206,54, implicando un incremento sobre el precio del
contrato de $ 1.112.233,79.
Que la decima cuarta redeterminación de precio, produce un
monto de obra faltante de ejecutar redeterminado a abril/14
de $ 15.977.596,43, implicando un incremento sobre el precio
del contrato de $ 1.226.027,10, mientras que la decima quinta
redeterminación de precio produce un monto de obra faltante de
ejecutar redeterminado a mayo/14 de $ 16.684.076,15, implicando
un incremento sobre el precio del contrato de $ 1.108.840,95,
ascendiendo el nuevo precio del Contrato a la suma total de $
55.719.704,70.
Que conforme la Ley Impositiva Anual N° 10.180, modificatoria
del régimen impositivo impuesto en el orden provincial – Ley N°
9443 y Ley N° 6006 (T.O. 2004), corresponde restituir en concepto
de Impuesto a los Ingresos Brutos, una alícuota del 4,00% sobre
el 100% de la Base Imponible, correspondiendo aplicar en cada
uno de los certificados de obra sujetos a ajuste a los fines de su
cálculo, un coeficiente de “1,012397” para aquellos contratos
licitados entre el 01-08-08 y el 01-01-2013, y de “1,033057”
para los licitados con anterioridad al 01-08-08, lo que implica un
Reconocimiento de la Variación Alícuota IIBB de la suma
total de $ 156.562,39; ascendiendo el nuevo precio del Contrato
redeterminado a mayo/2014 a la suma total de $ 57.377.581,11.
Que al darse el supuesto previsto en la metodología para
Redeterminación de Precios del Pliego Particular de Condiciones
para la obra en cuestión, la Dirección Provincial de Vialidad ha
considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que ha procedido a suscribir con la contratista el
Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento
de variación de costos, habiéndose incorporado en autos
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/001725,
por la suma total de $ 4.892.696,67.
Que la contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos, intereses o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza, pretendidamente motivados
por los cambios registrados en la economía a causa de la vigencia
de la Ley Nacional Nº 25561 y legislación, de índole nacional o
provincial, concordante, correlativa o complementaria, o de la
variación de los costos motivo de la presente redeterminación, a
partir de la fecha del Acta Acuerdo.
Por ello, lo dispuesto por Decreto N° 288/13, y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el N° 579/14,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de la décima
segunda, decima tercera, decima cuarta y decima quinta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos, correspondiente a los meses de diciembre de 2013,
febrero, abril y mayo de 2014 por trabajos faltantes de ejecutar
en la obra: “COBERTURA ZONA 5B – CONSERVACIÓN
MEJORATIVA EN CAMINOS PAVIMENTADOS DEL NOROESTE
Y TRASLASIERRA – DEPARTAMENTOS: CRUZ DEL EJE –
MINAS – POCHO – SAN ALBERTO Y SAN JAVIER”, por la
suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON
SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.892.696,67), suscripta con
fecha 26 de agosto de 2014, entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte,
y el Representante de la Empresa AFEMA S.A., señor Ricardo A.
PAGANI, contratista de la obra, por la otra, como también la
documentación de fs. 76/80, que como Anexos I y II, compuestos
de DIEZ (10) y CINCO (5) fojas, respectivamente, integran la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS
CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.892.696,67)
conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de
la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento Contable,
Nota de Pedido Nº 2014/001725, con cargo a Jurisdicción 1.50,
Programa 527-000, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 5975
del P.V.
ARTÍCULO 3°.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir la Enmienda de Contrato por
Redeterminación de Precios.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que la Dirección Provincial
de Vialidad, requerirá a la Empresa AFEMA S.A., de corresponder
la integración del importe adicional de garantía de cumplimiento
de contrato.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://goo.gl/sM5IXp
Resolución N° 237 Córdoba, 21 de Octubre de 2014
Expediente N° 0045-014355/2008/A40.-

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