Resolución N 1061/PJCABA/?/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2010

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N 1061/PJCABA/?/10SE ESTABLECE QUE LA APROBACIÓN DE LA VERSIÓN TAQUIGRÁFICA DE LA SESIÓN DE PLENARIO CUMPLIMENTA LA LEY N° 31

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2010

RESOLUCIÓN N.° 1061/CM/10.

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2010

VISTO:

La Ley N° 31 y la Resolución CM N° 260/2004 (con sus modificatorias) y

CONSIDERANDO:

Que el artículo el artículo 27 de la Ley N° 31 establece que el Secretario del Comité Ejecutivo tiene a su cargo, entre otros, el deber de llevar las actas de las reuniones del Plenario de Consejeros.

Que el artículo 10 del Reglamento del Plenario y de las Comisiones (aprobado por Resolución CM N° 260/2004) en una primera instancia estableció que "De cada sesión plenaria se labrará acta a ser considerada en la siguiente sesión del cuerpo, previa remisión de copias a cada uno de los integrantes, aún cuando no hayan asistido a la misma. En las actas deberán asentarse las mociones efectuadas y las resoluciones adoptadas. Los Consejeros podrán hacer constar en las actas, los fundamentos de cada uno de los votos, mediante la remisión del texto escrito a la Secretaría Técnica, dentro del día hábil siguiente al de la sesión".

Que con posterioridad tal norma fue modificada por el artículo 2 de la Resolución CM N° 341/2006. Así, en la actualidad el artículo 10 del Reglamento del Plenario reza: "De cada sesión plenaria se registrará versión taquigráfica a ser considerada en la siguiente sesión del cuerpo, previa remisión de copias a cada uno de los integrantes, aún cuando no hayan asistido a la misma. Los Consejeros podrán hacer constar o...

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