Resolución N° 232/MDEPGC/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 232/MDEPGC/21
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2021
VISTO: Las Leyes N° 2.095, N° 6.292 (ambos textos consolidados por Ley N° 6.347),
Nº 6.301 y N° 6.384, los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo
Nacional Nº 260-PEN/20, Nº 297 PEN/20, Nº 875-PEN/20, 956-PEN/20, 1033-PEN/20,
67-PEN/21, 125-PEN/21, 168-PEN/21, N° 235- PEN/21, N° 287-PEN/21 y 494-
PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1-GCABA/20, 8/20, 12/20, 15/20,
17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21 y 10/21, las Resoluciones de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131- LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21 y 74-
LCABA/21, los Decretos Nros. 463- GCABA/19 y sus modificatorios 131-GCABA/20 y
196-GCABA/20, 74-GCABA/21 y 183-GCABA/21, las Resoluciones Nº 45-SSABI/20 y
Nº 298-MDEYPGC/20, las Disposiciones Nros. 18-GCABA- DGCOYP/20, 19-GCABA-
DGCOYP/20, 20-GCABA-DGCOYP/20, 21-GCABA-DGCOYP/20, y el EX- 2021-
25235622-GCABA-DGCOYP, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) contempla
entre los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, con sus respectivas funciones;
Que la mencionada norma en su artículo 21, inciso 7, atribuye al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción la competencia para entender en todos los
aspectos vinculados a la posesión, tenencia, administración, dominio, disposición y
enajenación de los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en su
inciso 8, le otorga competencia para entender en lo relativo a las concesiones en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud del Decreto N° 463-GCABA/19, mediante el cual fuera incorporada la
Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles a la estructura orgánica del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, corresponde a la Dirección General
Concesiones y Permisos administrar los permisos de uso con fines de explotación
comercial y controlar que cumplan con los objetivos fijados en los convenios, como así
también entender en materia de concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario
N° 74-GCABA-AJG/21 establecen el marco regulatorio de las concesiones de uso y
explotación de los bienes de dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley N° 3.399 (texto consolidado por Ley N° 6.347) regula el procedimiento para
el otorgamiento de permisos de uso precario de los inmuebles de dominio público y
privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por otro lado, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) en relación al coronavirus (COVID-19), por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 260-PEN/20 el Poder Ejecutivo de la Nación amplió la emergencia pública
en materia sanitaria establecida por Ley Nacional N° 27.541 por el plazo de un (1) año
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6220 - 22/09/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR