Resolución N 561/GCABA/MDEGC/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Económico |
Fecha de la disposición | 9 de Noviembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
RESOLUCIÓN N 561/GCABA/MDEGC/10SE RECHAZAN RECURSOS JERÁRQUICOS CONTRA DISPOSICIÓN N° 545-DGCONC/10
Buenos Aires, 09 de noviembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 561/MDEGC/10.
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2010
VISTO:
el Decreto N° 1.543/08, las Disposiciones Nros. 524/DGConc/10 y 545/DGConc/10, el Expediente N° 484.472/10, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de las presentes actuaciones tramita el estado de ocupación de la concesión de uso del Ex Centro de Abastecimiento Municipal N° 88 (EX CAM) ubicado en la calle Jerónimo Salguero N° 2.600 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual fuera otorgado oportunamente a la empresa Tecsalco S.A mediante el Decreto N° 6.095/MCBA/90;
Que mediante el Decreto N° 1.543/08 se declaró extinguida dicha concesión de uso adjudicada a la sociedad antedicha por culpa de la concesionaria, en tanto ésta cedió y transfirió todos sus derechos bajo la concesión de uso sobre el predio adjudicado a la empresa El Casco S.A;
Que la conducta descripta de la concesionaria es contraria al artículo 69 del Pliego de Condiciones Generales que establece que "el concesionario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio los derechos y obligaciones derivados del contrato de uso, sin previa y expresa autorización del comitente…", extremo que no se cumplió;
Que asimismo en el precitado Decreto se estableció que la administración de dicho predio quedaría a cargo de la Dirección General de Concesiones dependiente de este Ministerio, por lo que se intimó a los sublocatarios y/o comodatarios a que realizaran sus respectivas presentaciones;
Que en el marco de las facultades conferidas en el artículo 4 del mencionado Decreto, la Dirección General de Concesiones adoptó las medidas pertinentes a efectos de resguardar el patrimonio y los intereses de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de propiciar relevamientos de tales predios;
Que en consecuencia se libró cédula N° 570/DGConc/10 por la cual se adjuntó copia certificada de la Nota N° 331.289/DGConc/10 que intima a los ocupantes a reparar, limpiar, recambiar las canaletas perimetrales del predio, acompañar el porcentaje de ocupación, metraje de los locales y a que cancelen la deuda de Aguas Argentinas;
Que en respuesta a esto la Asociación Israelita Argentina "Tzeire Agudath Jabad", la cual reviste el carácter de comodataria en virtud del contrato celebrado con la firma...
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