Resolución N 4746/GCABA/MEGC/10

FirmantesBullrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN N 4746/GCABA/MEGC/10SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 308/SSGEFYAR/09

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2010

RESOLUCION N.° 4746/MEGC/10

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2010

VISTO: :

la Resolución N° 308/SSGEFyAR/09, la Resolución N° 467/SSGEFyAR/09, el Expediente N° 530/2009, y

CONSIDERANDO::

Que por Resolución N° 308/SSGEFyAR/09 se impuso a la empresa ARSONI S.A. una multa de PESOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 1.254,40), de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 91° INC. 11.1 Y 2.14 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación N° 899/SIGAF/2008;

Que tal como surge de la cédula obrante a fs. 18 del citado expediente, el recurrente fue notificado de la Resolución antes mencionada en el domicilio constituido, el 12/08/09 y se le hizo saber en el marco de lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por D.N.U. 1510/97 que podía interponer recurso de reconsideración, como así también el recurso jerárquico en los términos del artículo 108 del referido instrumento legal;

Que del análisis de la normativa vigente y la fecha de interposición del recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio presentado por el concesionario, contra los términos de la Resolución N° 308/SSGEFyAR/09, se desprende que dicha impugnación ha sido entablada en legal tiempo y forma;

Que por Resolución N° 467/SSGEFyAR/09 la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de Administración de Recursos mantiene el criterio adoptado en la Resolución N° 308, manifestando que el planteo esgrimido por el recurrente "carece de todo argumento atendible que logre modificar el temperamento adoptado mediante Resolución N° 308-SSGEFyAR-2009, toda vez que el recurrente no aporta elementos nuevos de relevancia que desvirtúen el acto administrativo atacado";

Que el recurrente fue notificado de la Resolución N° 467/SSGEFyAR/09, mediante cédula recepcionada con fecha 5/12/2009, en el domicilio constituido a...

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