Resolución Nº 32/2003 de 23 de Octubre de 2003

La Plata, 23 de octubre de 2003.

POR 1 DIA - Visto la ley 11.820 de marco regulatorio, el contrato de concesión de agua potable y desagües cloacales en la Zona de Concesión Nº 2, el expediente 2430-146/01, y

CONSIDERANDO:

Que este Organismo Regulador en virtud de las facultades atribuidas por la ley 11.820 ejerce el poder de policía sobre los servicios de agua potable y desagües cloacales en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires;

Que asimismo debe velar por el cumplimiento de las normas vigentes y aplicables a la concesión y verificar y controlar que el Concesionario cumpla con las obligaciones voluntariamente asumidas bajo el contrato suscripto con fecha 7 de diciembre de 1999;

Que la planta depuradora de Bella Vista, Partido de San Miguel integra la unidad de afectación del servicio público, en los términos del artículo 43-II de la ley 11.820, toda vez que formaba parte del patrimonio de la ex AGOSBA;

Que en consecuencia dicha planta depuradora ha sido transferida a Aguas del Gran Buenos Aires S.A. al momento de la toma de posesión del servicio, operada con fecha 3 de enero de 2000, por cuanto en virtud del principio general en materia de bienes, operó la transferencia de todos los bienes afectados al servicio, en virtud de las previsiones del Capítulo 7 del Contrato de Concesión y del marco regulatorio;

Que a mayor abundamiento, por la Circular Nº 73 (A) se excluye de la transferencia la vivienda del encargado de la planta depuradora de Bella Vista;

Que por otra parte y en el Inventario de Bienes presentado por el Concesionario AGBA mediante la Nota 150/ 01/ GTO de fecha 28 de junio de 2001 de conformidad el artículo 6.4.1 del contrato de concesión, AGBA incluye entre los bienes bajo su tenencia, administración y operación, a la Planta Depuradora de Calle Lebenson y 20 de junio, Bella Vista, Partido de San Miguel (Nomenclatura Catastral Circunscripción I, Sección J, Fracción III);

Que sin perjuicio de ello, por la Circular Nº 30 (A) se informó a los oferentes de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de los servicios sanitarios, de la que resultara adjudicatario para la Zona de Concesión Nº 2 Aguas del Gran Buenos Aires S.A., el proceso a cargo de la UNIREC, por el cual se indicaba la ampliación de la Planta Depuradora de Bella Vista y la construcción de otras plantas depuradoras, Que ello no obstaculizó la transferencia a AGBA S.A. de la planta...

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