Resolución N 369/GCABA/SSPLAN/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 23 de Agosto de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 369/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN NAZARRE 4215/17
Buenos Aires, 23 de agosto de 2010
RESOLUCIÓN N.° 369/SSPLAN/10.
Buenos Aires, 23 de agosto de 2010
VISTO:
El Expediente N° 17250/2008 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Nazarre N° 4215/17, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 178,55m2 de los cuales 164,77m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (SS: Garaje; PB: Sector Estar, Comedor Diario, Cocina Lavadero y Alero; PA: Dormitorios, Alero, Escalera, Baños, Paso y Vestidor), en tanto que 13,78m2 en forma no reglamentaria (PA: Sala de Juegos), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (fojas N° 12) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 28 a 34); con destino "Vivienda Unifamiliar";
Que obra a fojas 16/17 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 13;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2 "Distrito R1bI, Disposiciones Particulares, inciso a) FOT Máximo" del Código de Planeamiento Urbano;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs.35 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs...
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