Resolución N° 228/MJGGC/18

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 228/MJGGC/18
Buenos Aires, 18 de junio de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 70, 5.460 (textos consolidados por Ley 5.666), 5.960, 5.558 y 5.941,
los Decretos Nros. 1000/99, 363/15 y modificatorios, y 482/16, la Disposición N°
24/DGOGDPP/11, el Expediente Electrónico N° 13423918- MGEYA-DGTALMJYS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 5.941, se autorizó al Poder Ejecutivo a proceder a la disolución y
liquidación de la "Agencia de Bienes S.E." (ABSE), organismo fuera de nivel del
entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, oportunamente
creada por Ley N° 5.558;
Que por Ley N° 5.960, se modificó la Ley de Ministerios N° 5.460 suprimiendo al
entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;
Que en atención a la disolución societaria mencionada, el Sr. Eduardo Martin Villar,
DNI N° 17.199.156, designado por Decreto N° 482/16 como Presidente de la ABSE,
cesó en el cargo mencionado, y continuo prestando servicios como liquidador de la
sociedad, en virtud de lo resuelto por la Asamblea General Extraordinaria del día 6 de
marzo de 2018;
Que conforme el Acta de Asamblea General Extraordinaria del día 29 de mayo de
2018, se aprobó la finalización de la liquidación de la sociedad y la gestión del
liquidador;
Que en virtud de lo expuesto, el Sr. Eduardo Martin Villar presentó un informe final por
su desempeño como Presidente y Liquidador de la Agencia de Bienes Sociedad del
Estado;
Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y
proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben
redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada;
Que por el Decreto N° 1.000/99, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo
artículo 14 dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo
establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los
funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos;
Que por Disposición N° 24/DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto aprobó la reglamentación que se aplica para la presentación del
informe final de gestión, en los términos del artículo 25 de la Ley N° 70;
Que la referida Disposición establece que la aprobación del informe final de gestión
debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe
de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo;
Que en atención a la modificación organizativa del Poder Ejecutivo y en virtud del
apartado 3 del artículo N° 16 de la Ley N° 5.460 que le atribuyó al Jefe de Gabinete de
Ministros la competencia para efectuar el control de gestión del Gobierno de la Ciudad,
resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el mencionado informe
final de gestión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 70.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5400 - 25/06/2018

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