Resolución N° 227 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Enero de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 6
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 7 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 227
Córdoba, 19 de agosto de 2021
VISTO:
El Expediente N° 0424-079650/2021, Cuerpos I, II, III y IV.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1429/2017 se realizó el llamado a Licitación Pú-
blica Nacional e Internacional para la “Contratación de servicios de asis-
tencia y colaboración para la optimización de la gestión de los recursos a
cargo de la Administración Tributaria de la Provincia de Córdoba”.
Que por Decreto N° 2075/2017 se aprobó la Licitación dispuesta por el De-
creto N° 1429/2017 y se adjudicó la misma a la rma SERVICIOS Y CON-
SULTORÍA S.A. y CÍA. DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZA-
CIÓN S.A - U.T., habiéndose raticado la contratación por Ley N° 10.556.
Que por Decreto N° 839/2021 se dispuso la prórroga de la contratación
adjudicada por el aludido Decreto N° 2075/2017, a partir de la nalización
del plazo contractual en curso y por el término de cuarenta y ocho (48)
meses, con destino a la provisión de los servicios referenciados; ello, en
los términos del Pliego de Bases y Condiciones que rigen la contratación y
del Plan de Trabajo e Inversión presentado por la rma adjudicataria, bajo
las pautas y requerimientos establecidos por la Autoridad de Aplicación el
que fuera aprobado en dicho acto.
Que el artículo 2° del Decreto N° 839/2021 autoriza este Ministerio de Fi-
nanzas a efectos - entre otras cuestiones - de realizar las adecuaciones
presupuestarias que resulten menester para el cumplimiento de lo estable-
cido dicho instrumento legal.
Que la Secretaría de Estudios Económicos y Previsión Social de esta
Cartera de Estado, proyecta una recaudación para el período febrero
– diciembre del año 2022 por la suma de PESOS DOSCIENTOS SE-
SENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CIEN MIL
($269.330.100.000,00.-), estimándose un total de comisiones a abonar por
dicho período de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUE-
VE MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 8.349.200.000,00.-).
Que resulta pertinente en la instancia realizar una imputación presupues-
taria en concepto de comisiones por el importe aludido para el ejercicio
2022, considerando que el comienzo de vigencia del período de prórroga
de que se trata operará a partir del 1 de febrero de 2022 y habida cuenta
que las estimaciones contables se hallan sujetas principalmente al impacto
de la evolución de la actividad económica y la inación en la recaudación
tributaria del año próximo.
Que luce agregado el documento contable (Orden de Compra Nro.
2021/000020 - Estado: Autorizado), por el monto total estimado para el
ejercicio 2022.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, la normativa legal citada, lo
informado por la Secretaría de Estudios Económicos y Previsión Social de
esta Cartera de Estado a fs. 818, la Orden de Compra N° 2021/000020
confeccionada por la Jefatura de Área Administración de la Dirección Ge-
neral de Coordinación Operativa y lo dictaminado por la Dirección de Ju-
risdicción Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N° 406/2021 y en uso
de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° IMPUTAR el egreso que demande para el ejercicio 2022 la
“Contratación de servicios de asistencia y colaboración para la optimiza-
ción de la gestión de los recursos a cargo de la Administración Tributaria
de la Provincia de Córdoba”, que fuera adjudicada oportunamente a la rma
“Servicios y Consultoría S. A. y Cía. de Gestión, Administración y Fiscali-
zación S. A.” - Unión Transitoria - C.U.I.T. N° 30-71590293-8 mediante De-
creto N° 2075/17 y en esta instancia prorrogada por Decreto N° 839/2021,
por la suma de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 8.349.200.000,00.-), a Jurisdicción 1.70
- Gastos Generales de la Administración, como Importe Futuro (período
febrero 2022 a diciembre 2022).
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolución N° 1
Córdoba, 04 de Enero 2022
VISTO:
La Resolución Nº 002/2021, que establece que serán homologadas las
presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con
personería gremial y las empresas, para la aplicación de suspensiones
conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modica-
torias, que se ajusten íntegramente al acuerdo, previo control de legalidad
por parte de la Autoridad de Aplicación. -
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 260/2020 (B.O. 12/03/2020) se amplió la emergencia
pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27541, en virtud de
la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
(OMS) con relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año
a partir de la entrada en vigencia del citado decreto, y sus sucesivas pro-
rrogas.
Que, mediante Decreto 1033/2020 y sus sucesivas prorrogas se estable-
ce el Aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), luego Distancia-
miento social, preventivo obligatorio (DISPO), para todas las personas que
residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos
de las Provincias argentinas, en tanto estos veriquen en forma positiva la
totalidad de determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios, estan-
do incluida la provincia de Córdoba y todos sus departamentos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 886/2021 se dispo-
ne Ampliar, hasta el 30 de junio de 2022, la emergencia pública en materia
ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 y
ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21.

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