Resolución N 521/GCABA/SSPLAN/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 521/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN PAREJA 2655/57

Buenos Aires, 02 de noviembre de 2010

RESOLUCIÓN N.° 521/SSPLAN/10.

Buenos Aires, 2 de noviembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 32105/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Pareja N° 2655/57, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 122,33m2 de los cuales 109,44m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Sector Estar Comedor, Escalera y Sector Cocina Comedor Diario; PA: Dormitorio y Sector Dormitorio) en tanto que 12,89m2 en forma no reglamentaria (PB: Sector Quinchoy Lavadero; PA: Balcón, Sector Dormitorio y Paso) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 25) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 26 a 29 y 38 a 39), con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 11 a 12 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 13;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.4.2 "Iluminación y Ventilación de Locales de primera clase" ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.1.3.3 "Prohibiciones relativas a las áreas descubiertas" y el Art. 5.4.1.4 "Distrito R2bII, disposiciones particulares, inciso b) FOT Máximo" ambos del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 37 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación...

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